SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1346/2022-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1346/2022-S4

Fecha: 03-Oct-2022

II. CONCLUSIONES

Del análisis y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.    Constan Conminatorias de reincorporación laboral: a) MTEPS-JDTT-RPT-091/2021, de 8 de diciembre de 2021; por la cual, el Jefe Departamental de Trabajo de Tarija conminó a Richard Fabián Casso Fernández, Director Técnico del SEDECA Tarija, a reincorporar a “Erlinda Ordoñez García, dentro del plazo de (3) tres días hábiles, a partir de la notificación (…), al mismo cargo que venía desarrollando dentro de la misma institución, con la misma remuneración (…) más el pago de los salarios devengados” (sic); y, b) MTEPS-JDTT-RPT-092/2021, de la misma fecha; por la cual, el Jefe Departamental de Trabajo de Tarija conminó a Richard Fabián Casso Fernández, Director Técnico del SEDECA Tarija, a reincorporar a “Natividad López Ramos, dentro del plazo de (3) tres días hábiles, a partir de su notificación, al mismo cargo que venía desarrollando (…) con la misma remuneración, (…) más el pago de salarios devengados (sic) (fs. 27 a 28 vta.; y, 57 a 58 vta.).

II.2.    Cursan las notas: 1) CITE GADT-SDC/RRHH/FEMC 039/2021 de 15 de diciembre de 2021 suscrito por Fortunata Elix Morales, Responsable de Recursos Humanos y Richard Fabián Casso Fernández, Director Técnico; ambos, del Servicio Departamental de Caminos de Tarija, dirigida a “Erlinda Ordoñez García”; mediante la cual, se le comunicó su reincorporación a su fuente laboral en iguales condiciones antes de su despido, manteniendo su nivel salarial, debiendo coordinar sus actividades y responsabilidades inherentes al cargo a desempeñar con su inmediato superior; y, 2) CITE GADT-SDC/RRHH/FEMC 040/2021, de la misma fecha, suscrito por Fortunata Elix Morales, Responsable de Recursos Humanos  y Richard Fabián Casso Fernández, Director Técnico; ambos, del SEDECA Tarija, dirigida a Natividad López Ramos; mediante la cual, se le comunica su reincorporación a su fuente laboral en iguales condiciones antes de su despido, manteniendo su nivel salarial, debiendo coordinar sus actividades y responsabilidades inherentes al cargo a desempeñar con su inmediato superior (fs. 72; y, 76).

II.3.    Constan impresiones de capturas de pantalla de mensajes vía WhatsApp emitidos por Fortunata Elix Morales, Responsable del Área de Recursos Humanos, comunicando a las ahora accionantes, que deben incorporarse en su fuente laboral en SEDECA Tarija (fs. 73; y, 77).

II.4.    Cursan Notas CITEGADT-SDC/RRHH/FEMC 044/2021 Y CITEGADT-SDC/RRHH/FEMC 045/2021, presentadas el 20 de diciembre de 2021, suscritas por Fortunata Elix Morales, Responsable de Recursos Humanos y Richard Fabián Casso Fernández, Director Técnico; ambos del SEDECA Tarija, dirigidas al Jefe Departamental de Trabajo del departamento de Tarija, informando que se procedió a comunicar la reincorporación de las trabajadoras mediante notas CITE GADT-SDC/RRHH/FEMC 039/2021 y CITE GADT-SDC/RRHH/FEMC 040/2021; mismas que, las accionantes se rehusaron recibir (fs. 70; y, 74).