SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1439/2022-S3
Fecha: 17-Oct-2022
II. CONCLUSIONES
De la revisión de los antecedentes que cursan en el expediente, se establece lo siguiente:
II.1. Cursa acta de declaración de denuncia presentada el 16 de septiembre de 2021, por Israel Ramiro Campero Méndez, por la presunta comisión de los delitos de impedir o estorbar el ejercicio de funciones y de obstrucción de la justicia, recibida por Fabio Ángel Gonzáles Laura, funcionario policial (fs. 5 y vta.).
II.2. Consta un documento sin rótulo, suscrito por Juan Carlos Quispe Nina, funcionario policial de seguridad del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz -ahora accionado-, con relación a su actuación en la acción directa de 16 de septiembre de 2021 (fs. 6).
II.3. Cursa Informe de Intervención Policial Preventiva de Acción Directa, del hecho suscitado el 16 de septiembre de 2021, referido a la presunta comisión de los delitos de impedir o estorbar el ejercicio de funciones, figurando como denunciante Israel Ramiro Campero Méndez y como denunciado Pablo Isidoro Yugar Condori -hoy accionante-; suscribiendo este documento el funcionario policial accionado y recibiendo la denuncia David Bautista Mamani, funcionario policial (fs. 7 y vta.).
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Al respecto, la SCP 0937/2022-S3 de 29 de julio, recogiendo los entendimientos de las SCP 0391/2021-S3 de 28 de julio, 0311/2022-S3 de 22 de abril y 0437/2020-S3 de 14 de agosto, entre muchas otras, señaló: […contextualizando los entendimientos sobre