SENTENCIA CONSTITUCIONAL
PLURINACIONAL 1153/2022-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1153/2022-S1

Fecha: 11-Oct-2022

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursa en el expediente, se establecen las siguientes conclusiones:

II.1.       Consta Contrato de Trabajo suscrito el 19 de noviembre de 2001, por el que el el Banco PRODEM S.A., contrata con una duración indefinida, los servicios de Dalcy Faviola Navarro ahora impetrante de tutela, para desempeñar las funciones de cajera (fs. 1 a 2).

II.2.       Conforme Memorándum RHS/TJ/236/2020 de 16 de noviembre, emitido por Henrry Jhordany Mercado Bejarano, Gerente Sucursal Tarija, dirigido a Dalcy Faviola Navarro, Supervisor de Operaciones Aeropuerto,       -ahora accionante- que señala lo siguiente:

“Ref.: Llamada de atención grave

Se le extiende la presente amonestación, habiéndose evidenciado el desconocimiento en el procedimiento para habilitar en sistema al Corresponsal para realizar el cierre diario más de una vez, lo cual generó diferencias de saldo, demostrando desconocimiento en los procesos operativos de la agencia Aeropuerto, hechos que están comprometiendo de manera negativa la operativa de la organización, descuidando además los fundamentos de nuestra Cultura Institucional.

Esta acción se constituye en una infracción "Grave", detallada en el Artículo 126.13 "Descuidar deliberadamente sus obligaciones o ejecutarlas en forma incompleta o negligente, o abandonarlas, aún permaneciendo en el local donde ejerce sus funciones", demuestra irresponsabilidad y negligencia del funcionario en el ejercicio de sus funciones.

Le exhortamos a la reflexión, esperando que en adelante pueda convertirse en un verdadero referente de los valores de nuestra institución, caso contrario se tomarán las medidas correspondientes en cumplimiento al Reglamento Interno de Trabajo.” 

(sic [fs. 3])

II.3.       Se evidencia Memorándum RHS/TJ/023/2021 de 25 de enero, emitido por María Ninoshka Castrillo Estrada, Gerente Sucursal a.i. Tarija del Banco PRODEM S.A., dirigido a Dalcy Faviola Navarro, Supervisor de Operaciones Mercado Campesino del mismo departamento, que señala lo siguiente:

“Ref.: Llamada de Atención Grave

Se le extiende la presente amonestación, habiéndose evidenciado que su persona desconoce el procedimiento de registro de reclamos, misma que es reportada y sujeta a revisión por los entes reguladores, estos hechos están comprometiendo de manera negativa la operativa de la organización, descuidando además los fundamentos de nuestra Cultura Institucional.

Esta acción se constituye en una infracción “Grave”, detallada en el Artículo 126.13 “Descuidar deliberadamente sus obligaciones o ejecutarlas en forma incompleta o negligente, o abandonarlas, aún permaneciendo en el local donde ejerce sus funciones”.

Le exhortamos a la reflexión, esperando que en adelante pueda convertirse en referente de los valores de nuestra institución, caso contrario se tomarán las medidas correspondientes en cumplimiento al Reglamento Interno de Trabajo.”

(sic [fs. 4]).

II.4.       Mediante Memorándum RHS/TJ/129/2021 de 8 de julio, emitido por Henrry Jhordany Mercado Bejarano, Gerente Sucursal Tarija del Banco PRODEM S.A., dirigido a la peticionante de tutela Dalcy Faviola Navarro, Supervisor de Operaciones Mercado Campesino de precitado departamento, señaló lo siguiente:

“Ref.: Llamada de atención grave

Se le extiende la presente amonestación, habiéndose evidenciado que su persona ha omitido procedimientos de entrega y recepción de efectivo ocasionando diferencias en bóveda en fecha 1 de julio en agencia Mercado Campesino Tarija, lo cual demuestra negligencia y pone en riesgo el manejo de efectivo de dicha agencia, hechos que están comprometiendo de manera la operativa de la organización, descuidando además los fundamentos de nuestra Cultura Institucional.

Esta acción se constituye en una infracción “Grave”, detallada en el Artículo 126.13 “Descuidar deliberadamente sus obligaciones o ejecutarlas en forma incompleta o negligente, o abandonarlas, aun permaneciendo en el local donde ejerce sus funciones”.

Le exhortamos a la reflexión, esperando que en adelante pueda convenirse en un verdadero referente de los valores de nuestra institución, caso contrario se tomarán las medidas correspondientes en cumplimiento al Reglamento Interno de Trabajo” (sic [fs. 5]).

II.5.       Cursa Informe Recursos Humanos RHS/TJ/216/2021, de 28 de septiembre remitido por Cristian Gualberto Fernández Garzón, Encargado Sucursal-Recursos Humanos del Banco PRODEM S.A., dirigido a Henrry Jhordany Mercado Bejarano, Gerente Sucursal Tarija, bajo la Ref.: “Informa comisión de infracciones graves y muy graves previstas por el R.I.T. por parte de la funcionaria DALCY FAVIOLA NAVARRO y solicita instauración de proceso interno” (sic) bajo el siguiente contenido: