SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1232/2022-S1
Fecha: 14-Oct-2022
II. CONCLUSIONES
Del análisis y compulsa de los antecedentes que cursan en el expediente, se establece lo siguiente:
II.1. Consta impresión de artículo periodístico publicado por Educación Radiofónica de Bolivia (ERBOL), del martes 21 de septiembre de 2021, con el titular “Formalizan denuncia que Armin Lluta fue secuestrado y torturado tras toma de la ADEPCOCA” (sic); nota de prensa, que da a conocer que “sufrió secuestro y tortura”; y, donde se indica, que el dirigente Salustiano Mamani, relató que Armin Lluta, fue dejado en la Cumbre y que logró comunicarse con un amigo, del cual recordada su número de teléfono; agregando, que lo encontraron a media mañana mojado y ensangrentado, en una hoyada. (fs. 21 a 23).
II.2. Cursa impresión de artículo periodístico publicado por Correo del Sur, de 21 de septiembre de 2021, cuyo titular refiere que “CONADE denuncia secuestro y tortura a Armin Lluta; pide al gobierno investigar” (sic), señalando la nota periodística que el dirigente cocalero apareció con vida después que se lo reportó como desaparecido tras la toma de la sede de ADEPCOCA la madrugada del lunes y que tendría signos de tortura y agresiones físicas (fs. 25 a 28).
II.3. Se tiene impresión de artículo periodístico publicado por Los Tiempos, de 21 de septiembre de 2021, cuyo titular señala: “Denuncian que Armin Lluta fue encontrado en la Cumbre ensangrentado y con signos de tortura” (sic [fs. 30 a 33)].
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO | III. En el caso de vulneración al derecho a la vida, protegido por la acción de libertad, procederá esta acción de forma directa y sin necesidad de agotar otra vía. | IV. En mérito a este entendimiento, se acl
- II. Asimismo, cuando exista privación efectiva de libertad, por ser esta una causal grave, se entenderá que la vía procesal existente no es idónea, cuando se pruebe que una vez activados estos mecanismos procesales, su resolución y efectiva protecc
- POR TANTO