SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1318/2022
Fecha: 04-Oct-2022
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Cursa Conminatoria de Reincorporación Laboral por Inamovilidad Laboral JDTSC/JCCHS/CONM 046/2021 de 20 de abril, emitida por el Jefe Departamental de Trabajo de Santa Cruz, por el cual se conminó a la Empresa “PROTEX S.R.L.” -ahora demandada- para que proceda a reincorporar de manera inmediata a la trabajadora Jahn Carla Rodríguez Surubí -hoy accionante-, en el mismo puesto que ocupaba, manteniendo su antigüedad y demás derechos que corresponden por ley, reponiendo los sueldos devengados y la nivelación de los mismos (fs. 4 a 6).
II.2. Consta Informe Memorándum JDTSC/I/VER.REINC./LAB 0088/2021 de 6 de julio, emitido por Delma Atahuichi Calani, Inspectora de Trabajo de Santa Cruz, que en sus conclusiones señaló “…que la empresa ‘PROTEX S.R.L.´ NO, dio cumplimiento a la Resolución Administrativa -Conminatoria de Reincorporación JDTSC/JCCS/CONM Nº 046/2021 de 20 de Abril de 2021 cual conmina a la empresa ‘PROTEX S.R.L.’, proceda a REINCORPORAR INMEDIATAMENTE al cargo de la Trabajadora JAHN CARLA RODRÍGUEZ SURUBÍ” (sic [fs.9]).