SENTENCIA
CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1103/2022-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1103/2022-S1

Fecha: 05-Oct-2022

II.    CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en el expediente, se establece lo siguiente:

II.1.  A través de Memorial de acción de libertad de 27 de septiembre de 2020, Ángel Rosendo Trujillo Benito -ahora accionante-, señala que Patricia Goyzueta Morón, Jueza Disciplinaria Tercera de la Oficina Departamental de La Paz del Consejo de la Magistratura –autoridad ahora demandada-, dentro del proceso disciplinario iniciado en su contra, emitió Auto de Admisión de denuncia e inicio de investigaciones, por incurrir en faltas graves sin mayor fundamentación jurídica generando un indebido procesamiento (fs. 1 a 2).

II.2.  De las actuaciones desarrolladas en la audiencia virtual de la presente acción de libertad y de la Resolución emitida al respecto, se tiene que la Jueza de garantías “…deja sin efecto el Auto Disciplinario Nº 115/2020, de 16 de septiembre de 2020, extendido por la Dra. Patricia Goyzueta Morón, debiendo la misma en su caso emitir un Auto considerando los lineamientos de la motivación, la congruencia, la legalidad, la oportunidad y el debido proceso” (sic [fs. 11 a 12 vta.]).