SENTENCIA
CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1296/2022-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1296/2022-S2

Fecha: 03-Oct-2022

II. CONCLUSIONES

Del análisis y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.    Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público por la presunta comisión del delito de tráfico de sustancias controladas contra Oscar Daniel Laguna Panozo -ahora accionante-, por Auto Interlocutorio 418/2021 de 25 de agosto, dictado en audiencia pública de consideración de medidas cautelares, Salua July Dipp Antequera, Jueza de Instrucción Penal Primera de la Capital del departamento de Oruro en suplencia legal de su similar Séptimo -autoridad demandada-, determinó la ampliación de la detención preventiva del aludido, únicamente por el tiempo de cuatro días, señalando día y hora de audiencia, para considerar y resolver su situación jurídica para el martes 31 de igual mes y año, a horas 8:30; dicha decisión fue apelada por la defensa técnica del impetrante de tutela, en el mismo acto procesal, conforme el art. 251 del CPP (fs. 6 a 10).

II.2.    Cursa requerimiento conclusivo de acusación de 26 de agosto de 2021, contra el solicitante de tutela, elaborado por Luis Fernando Antezana Guzmán, Fiscal de Materia (fs. 13 a 17 vta.).

II.3.    Según certificado de recepción en plataforma a través del buzón judicial a horas 9:13 del 30 de agosto de 2021, el Juzgado de Instrucción Penal Séptimo de la Capital del departamento de Oruro, recepcionó la acusación formal contra el accionante (fs. 12).

II.4.    Mediante decreto de 30 de agosto de 2021, la Jueza demandada, en virtud del requerimiento conclusivo, dispuso la remisión del proceso ante el Tribunal de Sentencia Penal de turno (fs. 18).

II.5.    Consta nota con Cite: J.I.P.7 275/2021 de 30 de agosto, por la que la autoridad judicial demandada, remitió el pliego acusatorio y el cuaderno de control jurisdiccional del proceso penal sustanciado contra el accionante, al Tribunal de Sentencia Penal Primero del departamento de Oruro (fs. 63).  

II.6.    Mediante Auto de Vista 226/2021 de 30 de agosto, dictado en audiencia pública de consideración de recurso de apelación incidental cautelar, la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, declaró la improcedencia del indicado recurso, confirmando el Auto Interlocutorio 418/2021 quedando incólume el mismo (fs. 73 a 75 vta.).

II.7.    Cursa decreto de radicatoria de 31 de agosto de 2021, del Tribunal de Sentencia Penal Primero del departamento de Oruro, de la acusación fiscal remitida por el Juzgado de Sentencia Penal Séptimo del mismo departamento, disponiendo que, en el plazo de veinticuatro horas de su legal notificación, el Fiscal de Materia asignado a la causa, cumpla con la presentación de pruebas ofrecidas (fs. 66).