SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1342/2022-S3
Fecha: 03-Oct-2022
II. CONCLUSIONES
De la revisión de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Cursa RA 058/2021 de 8 de julio, emitido por el Director Departamental de La Paz del SEPDEP; en el proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Mario Quisbert Quispe -hoy accionante- por la presunta comisión del delito de allanamiento de domicilio o sus dependencias; que resolvió como procedente la solicitud de amnistía del accionante y ordenó la remisión de dicha Resolución Administrativa ante el Juzgado de Sentencia Penal Primero de la Zona Sur del departamento de La Paz (fs. 3 a 6).
II.2. Mediante Nota SEPDEP/DDLP/DJMM/AMNISTÍA RES 058/2021 de 9 de julio, el Director Departamental de La Paz del SEPDEP remitió la RA 058/2021 -Resolución de amnistía-; al Juzgado de Sentencia Penal Primero de la Zona Sur del departamento de La Paz (fs. 2); dicha Nota mereció en respuesta el decreto de 12 de julio de 2021, emitido por Ernesto Macuchapi Laguna, Juez del citado Juzgado -ahora accionado-; que dispuso “Se tiene presente y arrímese a sus antecedentes para fines consiguientes de ley” (sic [fs. 2 vta.]).