SENTENCIA
CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1345/2022-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1345/2022-S4

Fecha: 03-Oct-2022

CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.  Consta Contrato Individual de Trabajo a Plazo Fijo 1389/2020 de 1 de septiembre; por el cual, el Secretario Municipal Administrativo y Financiero a.i. y el Director de Gestión de RR.HH., ambos del Gobierno Autónomo Municipal de Sucre, contrataron los servicios de Yaner Yhandira Valverde Saavedra –ahora accionante–, para desempeñar las funciones de portera en el ex Hotel Municipal de Dirección Administrativa, dependiente de Secretaría Municipal Administrativa y Financiera de dicha institución, a partir de la indicada fecha hasta el 31 de diciembre de 2020 (fs. 70).

II.2.  Por memorial de 3 de septiembre de 2021, Yaner Yhandira Valverde Saavedra, interpuso ante el Juez de Trabajo y Seguridad Social del departamento de Chuquisaca, demanda de tácita reconducción del contrato a indefinido; así como, el pago de sus haberes devengados, a la estabilidad laboral entre otros en contra de Enrique Leaño Palenque, Alcalde de la citada entidad edil –hoy demandado–, solicitando en la misma se prohíba al demandado alterar la situación actual, disponiendo “…la medida cautelar de no innovar, conminando a la entidad demandada abstener de cualquier intento de desalojo o traslado de ambiente…” (sic) entre otras cosas (fs. 9 a 11 vta.).

II.3.  Cursa Acta de Entrega de Carta Notariada 2/2022 de 4 de enero; por el cual, Raúl Eulogio Sanabria Taboada, Notario de Fe Pública 11 de Sucre; certifica que, en esta fecha a solicitud de Judith Zárate Campos, abogada de la Dirección Administrativa del Gobierno Autónomo Municipal de Sucre –hoy codemandada–, se hizo presente en el edificio del ex Hotel Municipal de esta ciudad, a objeto de hacer entrega de la Carta notariada con la Notificación 2 de dicha institución, la cual señala que, al no contar con una relación contractual con el municipio, reitera nuevamente la entrega de ambientes de la portería del ex Hotel Municipal, adjuntando la Circular RR.HH.001/22 de 3 de enero, la cual, Yaner Yhandira Valverde Saavedra, se rehusó a firmar (fs. 43 a 45).  

II.4.  Mediante memorial presentado el 7 de enero de 2022, ante el Fiscal de Materia de Turno, la hoy impetrante de tutela interpuso denuncia en contra de Judith Zárate Campos, Asesora de la Dirección Administrativa, del Gobierno Autónomo Municipal de Sucre –ahora codemandada–, por la presunta comisión de los delitos de allanamiento de domicilio o sus dependencias, amenazas y uso de influencias (fs. 12 a 18). Denuncia que mereció el proveído de la indicada fecha; por el que, Juan David Andrade Guerra, Fiscal de Materia, determinó que se tiene presente la denuncia interpuesta por Yaner Yhandira Valverde Saavedra, por la supuesta comisión del delito de allanamiento de domicilio o sus dependencias (fs. 19).