SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1358/2022-S2
Fecha: 04-Oct-2022
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda; en virtud de la autoridad que le confieren la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR en parte la Resolución 27/2022 de 14 de febrero, cursante de fs. 122 a 124, pronunciada por la Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz; y en consecuencia:
CORRESPONDE A LA SCP 1358/2022-S2 (viene de la pág. 14).
1° CONCEDER la tutela impetrada, en los mismos términos dispuestos por la mencionada Sala Constitucional, ordenando el cumplimiento integral de lo establecido en la Conminatoria J.D.T.L.P. /C.P.E. ART. 48/D.S. 0495/ 187/2021 de 29 de octubre, igualmente contenida en la Resolución Administrativa 568-21 de 28 de diciembre de 2021, conforme a los fundamentos jurídicos desarrollados en la presente Sentencia Constitucional Plurinacional; y,
2° DENEGAR la tutela, en cuanto a la solicitud de ser adherido a la Ley General del Trabajo, la presunción de fuente laboral indefinida por la suscripción de más de dos contratos laborales a plazo fijo; y, la calificación de daños, perjuicios y gastos.
Regístrese notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
MSc. Brigida Celia Vargas Barañado
MAGISTRADA
MSc. Carlos Alberto Calderón Medrano
MAGISTRADO