SENTENCIA
CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1412/2022-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1412/2022-S4

Fecha: 10-Oct-2022

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa, de los antecedentes que cursan en obrados, establece lo siguiente:

II.1.  Cursa solicitud de 285 fotocopias realizada por Janeth J. Gil Ramos a la Dirección Administrativa y Financiera de 3 de septiembre de 2021 con hoja de ruta 4773/(ORU DAF) JAF (fs. 15).

II.2.  Consta nota TEC.ADM.JAF 078/2021 de 7 de septiembre, por la cual, Sarai Rosas Mendez, Técnico Administrativo de la Oficina Departamental Administrativa de Oruro del Órgano Judicial responde a requerimiento de fotocopias realizado por Janeth J. Gil Ramos, Jueza del Tribunal de Sentencia Penal Primero del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, que señala que el servicio de fotocopias del Órgano Judicial no contempla cubrir costos de fotocopias de documentos, debido a que son responsabilidad de los particulares que circunstancialmente atraviesan por un proceso judicial. Asimismo, comunicó que el Órgano Judicial no cuenta con recursos económicos para subvencionar el costo de fotocopias (fs. 14).

II.3.  Mediante Auto Interlocutorio de 8 de septiembre de 2021, el Tribunal de Sentencia Penal Segundo del departamento de Oruro, resolvió mantener la detención preventiva de Oscar Daniel Laguna Panozo  –ahora accionante–, dentro del expediente 48/2021, signado con el Número de Registro Judicial (NUREJ) 401502012001246, interpuesto en su contra por el Ministerio Público, por la presunta comisión del delito de tráfico de sustancias controladas (fs. 29 a 30 vta.).

II.4.  Consta Certificado Médico extendido el 2 de junio de 2021 por Víctor Arano Espiritu, Médico Cirujano, mediante el cual se informa que el accionante adolece de la enfermedad crónica degenerativa de artrosis de “rodilas” (sic), coxo-femoral y hombros bilaterales, y que se encontraría en tratamiento desde noviembre de 2013, mostrando relativa mejoría; aconseja además seguir con el tratamiento médico (fs. 21).

II.5.  Cursan fotografías que muestran una herida en una de las extremidades inferiores de una persona no identificada, que no refieren a quien pertenece, ni por quien fue tomada, ni tampoco el diagnóstico de la referida herida (fs. 22 a 24).