SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1314/2022-S1
Fecha: 11-Nov-2022
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Por Resolución Administrativa Regulatoria AAPS 112/2009 de 3 de noviembre, la AAPS, resolvió otorgar licencia a la Cooperativa de Servicios Públicos de Agua Potable y Alcantarillado “SAJUBA” R.L. de la localidad Plan 3000, Distrito 8, de la ciudadela Andrés Ibáñez, del Municipio de Santa Cruz, de la Provincia Andrés Ibáñez del departamento de Santa Cruz (fs. 7 a 17).
II.2. Cursa nota CITE: SAJUBA G.G. 183/2019 de 10 de octubre, remitida por la Cooperativa de Servicios Públicos de Agua Potable y Alcantarillado “SAJUBA” R.L., sobre regularización del área de servicio, con cargo de presentación de 17 del mismo mes de 2019, dirigida a Víctor Hugo Rico, Director General de la AAPS; por el que, solicitó la regularización de nuevas fuentes de agua del área de servicio, las cuales no contarían con licencia otorgada por esa entidad, adjuntando documentos, como ser datos de la población estimada a ser atendida en el área de ampliación de prestación de servicios, características técnicas y ubicación de las obras existentes, especificación de servidumbres requeridas, cronograma de dotación de servicios, cronograma de inversiones a ser realizadas, fuente financiera de las inversiones, descripción del uso y aprovechamiento de los recursos hídricos y cuerpo de receptores, estudio de evaluación de impacto ambiental, superficie del área de ampliación, plan de áreas, límite del área geográfica donde se prestarán los servicios públicos de distribución de agua potable de recolección de aguas residuales, con base en un plano regulador y con coordenadas UTM, en sistema PSAD-56 (fs. 20 a 21).
II.3. La Cooperativa de Servicios Públicos de Agua Potable y Alcantarillado “SAJUBA” R.L., mediante nota CITE: SAJUBA/GG/ 0158/2021 presentada el 6 de julio de 2021, ante la AAPS, reiteró su solicitud de ampliación del área de servicio; asimismo, solicitaron viabilizar ante la instancia medioambiental del Gobierno Autónomo Departamental de Santa Cruz la otorgación del documento ambiental (fs. 22).
II.4. Por nota CITE: SAJUBA/GG 02312/2021 presentada el 7 de octubre de 2021, la Cooperativa de Servicios Públicos de Agua Potable y Alcantarillado “SAJUBA” R.L., reiteró a la AAPS, la solicitud de ampliación del área de servicio (fs. 23).
II.5. Cursa copia de nota emitida por el Gobierno Autónomo Departamental de Santa Cruz de 12 de enero de 2021, dirigida al ahora peticionante de tutela, devolviendo manifiesto ambiental y la solicitud de licencia para actividades con sustancias peligrosas correspondiente a la actividad, obra o proyecto: “Sistema de Agua Potable-Cooperativa de Servicios Públicos de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario-San Juan Bautista R.L.”, COD. MA-SLASP 552/2020 (fs. 29 a 32).