SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1412/2022-S1
Fecha: 30-Nov-2022
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Consta Cite FFCCJJPPSS 172-89 de 16 de agosto de 1989; por el cual, Armando Sánchez Velásquez, Vicerrector de la Universidad Autónoma Tomás Frías del departamento de Potosí de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales de la Carrera de Derecho, invitó a Juana Huayllas García de Colque –ahora peticionante de tutela– como docente para dictar cátedra a tiempo horario en la Carrera de Turismo mientras dure la gestión 1989; de igual forma, cursa Cite FAC. CC.SS.HH. 112/99 de 19 de mayo de 1999, se la designó como Directora a.i. de Lingüística e Idiomas por esa gestión (fs. 20 a 22).
II.2. Cursa UATF/DCH/CAR/155 de 15 de marzo de 2021; mediante el cual, el ahora demandado Víctor Hugo Villegas Choquevillca, Vicerrector de la Universidad Autónoma Tomás Frías de departamento de Potosí, designó a la accionante como docente “a Tiempo Horario por la gestión académica 2021” [sic. (fs. 11)].
II.3. Por Dictamen 33/2021, el Consejo de la Carrera de Lingüística e Idiomas, aprobó la asignación de Ítem de Tiempo Completo en favor de la impetrante de tutela a partir de 1 de septiembre del referido año en el idioma Inglés y Quechua, con seis materias y con un total de veinticuatro horas semanales, disponiendo remitir el presente Dictamen al Honorable Consejo Facultativo para su homologación (fs. 12 a 13).
II.4. Mediante Resolución 146/2021 de 27 de agosto, el Consejo Facultativo de la Facultad de Ciencias Sociales y Humanísticas, homologó el Dictamen 33/2021 de 18 de agosto del Consejo de la Carrera de Lingüística e Idiomas, sobre la asignación del ítem por tiempo completo en favor de la peticionante de tutela en los idiomas de Inglés y Quechua a partir del 1 de septiembre del citado año, debiendo elevarse la presente a las instancias correspondientes (fs. 14 a 15).
II.5. Cursa Planillas de Asistencia Individual, desde el mes de agosto a diciembre de la gestión 2021, que evidencian a la accionante, como docente en la carrera de Lingüística e Idiomas (fs. 34 a 74).
II.6. Mediante Notas recepcionadas el 7 y 27 de octubre y 9 de diciembre, todas del 2021, la impetrante de tutela, solicitó al ahora demandado, de cumplimiento a las Resoluciones 33/2021 de 18 de agosto y 146/2021 de 27 de agosto; por las cuales, fue designada como docente por tiempo completo en la carrera de Lingüística, debiendo proceder a firmar dicho nombramiento (fs. 3 a 7 vta.).
II.7. A través de Acta de Intervención Notarial de 15 de diciembre de 2021, Marcia Agar Castro Cuéllar Notaría de Fe Pública 7 del municipio de Potosí, constató que ese día, en compañía de la peticionante de tutela, en Secretaría del Vicerrectorado de la Universidad Autónoma Tomás Frías del departamento de Potosí, a la pregunta de la interesada al Auxiliar de dicha repartición si existía respuesta a los varios memoriales solicitando pronunciamiento a su memorando de designación como docente por tiempo completo, se le respondió “No puedo darle información al respecto, no existe respuesta a las nota que menciona…” [sic. (fs. 16)].
II.8. Por Certificación de 6 de enero de 2022, el Director de Carrera de Lingüística e Idiomas, certificó que la accionante regentaba seis asignaturas, con una carga horaria de veinticuatro horas en dicha Carrera desde el 1 de septiembre hasta el 17 de diciembre de 2021 (fs. 25).