SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1472/2022-S2
Fecha: 15-Nov-2022
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Por Memorándum D.D.A.I. 05/2020 de 2 de enero, de designación, Gigliola Bello Arauz, entonces Directora Departamental de Auditoria Interna del Gobierno Autónomo Departamental de Beni, designo a Nohelia Castedo Negrete -impetrante de tutela- en el cargo de Analista I, Auditora dependiente de la citada Dirección, con el nivel salarial 8, nombramiento reiterado mediante Memorándum D.D.A.I. 06/2021 de 4 de igual mes (fs. 3 a 4).
II.2. Cursa Calificación de Beneficios para el Régimen de Asignaciones Familiares emitido el 1 de septiembre de 2020, por Carlos Arias Durán, Administrador y Jefe Médico; y, Jairo Hurtado Moreno, Encargado de Afiliación y Vigencia de Derechos, ambos de la Caja de Salud CORDES, acreditando el inició de pago de once asignaciones familiares (lactancia) a favor de la menor AA a partir del 20 de igual mes y año al 21 de julio de 2021, correspondiente al seguro de la solicitante de tutela (fs. 6).
II.3. Consta certificado de nacimiento emitido el 25 de marzo de 2021, correspondiente a AA -hija de la accionante- nacida el 21 de julio de 2020 (fs. 5).
II.4. Por Nota OF. D.D.A.I. 02/2021 de 21 de mayo, presentada a Gustavo Pedraza Becerra, Director Departamental de Auditoria Interna del citado Gobierno Autónomo Departamental, la accionante amparada en el art. 19 del Reglamento de Asignaciones Familiares de 1 de diciembre de 2011, solicitó el pago oportuno de las asignaciones familiares en efectivo, correspondiente a marzo, abril y mayo de 2021 (fs. 7 a 8).