SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1475/2022-S2
Fecha: 15-Nov-2022
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda; en virtud de la autoridad que le confieren la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: REVOCAR la Resolución 12/2022 de 20 de enero, cursante de fs. 63 a 68, pronunciada por la Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro; y en consecuencia:
1° CONCEDER en parte la tutela solicitada por el accionante, precisando que la misma es otorgada únicamente en lo referente a la lesión del derecho al debido proceso en su elemento del derecho a la defensa;
2° Dejar sin efecto el Auto Interlocutorio 630/2021 de 2 de diciembre, emitido por el Juez de Instrucción Penal Sexto de la Capital del departamento de Oruro, ordenando se dicte un nuevo fallo considerando los Fundamentos Jurídicos expuestos en la presente Sentencia Constitucional Plurinacional; y,
3° DENEGAR la tutela solicitada en cuanto al derecho a la petición.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Al no existir consenso en Sala dentro del presente caso, dirime el Presidente, MSc. Paul Enrique Franco Zamora; siendo de Voto Disidente la Magistrada, MSc. Brigida Celia Vargas Barañado.
Fdo. MSc. Paul Enrique Franco Zamora
PRESIDENTE
Fdo. MSc. Carlos Alberto Calderón Medrano
MAGISTRADO