SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1483/2022-S3
Fecha: 14-Nov-2022
II. CONCLUSIONES
De la revisión de los antecedentes que cursan en el expediente, se establece lo siguiente:
II.1. Se tiene memorial de 23 de septiembre de 2021, por el que Grover Cornejo Solíz instauró denuncia contra Efraín Chungara -hoy accionante- y otros, por la presunta comisión de los delitos de allanamiento de domicilio y sus dependencias y otros (fs. 17 a 22 vta.), así también consta Formulario Único de denuncia en el cual se establece fecha de registro de 24 de igual mes y año (fs. 23 a 24).
II.2. Por memorial de 24 de septiembre de 2021 dirigido al “…JUEZ DE INSTRUCCIÓN EN LO PENAL CAUTELAR DE TURNO DE SACABA” (sic), Alejandra Mónica Quintanilla Lang, Fiscal de Materia, ante la formulación de la denuncia antes señalada informó el inicio de investigación, el cual contiene la generación de un código QR (fs. 15).
II.3. Consta citación para declaración del hoy impetrante de tutela de 27 de septiembre de 2021, emitida por Deborah Ortíz Torrico, Fiscal de Materia -ahora accionada- (fs. 4).
II.4. Cursa reporte de portafolio digital de la dependencia fiscal, en el cual en detalle del caso -entre otros aspectos- se consigna: “Juzgado: JUZGADO DE INSTRUCCIÓN PENAL 1º-SACABA” (sic [fs. 14]).