SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1488/2022-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1488/2022-S2

Fecha: 16-Nov-2022

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.  Dentro del proceso disciplinario seguido contra Julio César Rojas Choque       -accionante- por la presunta comisión de la falta grave prevista en el art. 14.9 de la LRDPB, los miembros del Tribunal Disciplinario Departamental Permanente de La Paz de la Policía Boliviana, mediante RA 169/12 de 13 de junio de 2012, dispusieron su baja definitiva de la institución sin derecho a reincorporación; siendo notificado al prenombrado el 21 de septiembre de 2017 a horas 16:42 (fs. 12 a 15 y 30).

II.2.  Por Auto de Reposición de Obrados de 12 de febrero de 2016, Miguel Ángel Narváez Baldiviezo, expresidente y, Demetrio Jorge Nina Álvarez y David Walter Tarqui Chuquimia, ex Vocales Permanentes, todos del señalado Tribunal Disciplinario Departamental, determinaron la reposición de obrados en parte, para continuar con el referido proceso disciplinario; disposición notificada al accionante el 21 de septiembre de 2017 a hrs. 16:38 (fs. 23 a 24 y 29).

II.3.  Por memorial presentado el 26 de septiembre de 2017, el peticionante de tutela interpuso recurso de apelación contra la RA 169/12 y el referido Auto de Reposición de Obrados; resuelto por Octavio José Murillo López, expresidente del Tribunal Disciplinario Superior Permanente de la Policía Boliviana, a través del decreto de 7 de diciembre de 2017, indicando que en la Ley del Régimen Disciplinario de la Policía Boliviana, no se encuentra estipulada la figura de la apelación contra los autos de reposición, aspecto que deberá ser subsanado por el indicado Tribunal Disciplinario Departamental, disponiendo en consecuencia, la devolución del expediente procesal al fin impetrado y se continúe con la sustanciación del proceso; posteriormente, por decreto de 26 de marzo de 2021, emitido por Juan Román Peña Rojas, expresidente del mencionado Tribunal Disciplinario Departamental, dispuso la notificación a los sujetos procesales con la referida providencia; diligenciado al accionante el 21 de abril de igual año (fs. 34 a 39, 50, 56 y 57).

II.4.  Mediante decreto de 5 de mayo de 2021, Juan Román Peña Rojas, Presidente del Tribunal Disciplinario Departamental Permanente de La Paz de la Policía Boliviana, luego de señalar que la RA 169/12, no fue objeto de apelación, dispuso su ejecutoria y la remisión al Comando General de la entidad policial; en cuyo mérito, Raúl Herminio Alfaro Vaquila, Director Nacional de Personal de la Policía Boliviana, emitió el Memorándum ESC/TR/SSCCPP 1918/21 de 20 julio de 2021, ejecutando la sanción de baja definitiva de la institución sin derecho a reincorporación (fs. 59 y 72).