SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1520/2022-S2
Fecha: 28-Nov-2022
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Consta Auto Interlocutorio 362/2021 de 20 de agosto; mediante el cual, el Juez de control jurisdiccional rechazó la solicitud de cesación de la detención preventiva del accionante (fs. 1 a 2 vta.).
II.2. Por memorial presentado el 23 de igual mes y año a horas 15:12, el peticionante de tutela impugnó el precitado fallo (fs. 3).
II.3. A través del Auto de Vista 565/2021 de 20 de septiembre, la Vocal demandada declaró inadmisible el recurso de apelación planteado por el impetrante de tutela por no ser formulado de manera oral en el acto procesal, confirmando el Auto Interlocutorio 362/2021 (fs. 4 a 5).