SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1548/2022-S3
Fecha: 29-Nov-2022
II. CONCLUSIONES
De la revisión de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Consta Ecografía Transvaginal de 9 de marzo de 2021 emitida por el Ginecólogo - Obstetra Ecografista, por la cual se concluyó que Noelia Judith Perera Herrera -hoy accionante- se encuentra en estado de gestación de ocho semanas y dos días (fs. 29 a 30).
II.3. Cursa Conminatoria de Reincorporación Laboral – Por Inamovilidad Laboral JDTSC/JCCHS/CONM. 077/2021 de 9 de julio, emitida por el Jefe Departamental de Santa Cruz del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, por el cual se conminó a la empresa NOVARA S.R.L. -empresa ahora accionada- a que proceda a la reincorporación laboral de la accionante a su fuente laboral, reponiendo los sueldos devengados desde el despido injustificado en aplicación del Decreto Supremo (DS) 0496 de 1 de mayo de 2010, manteniendo su antigüedad y demás derechos que correspondan por ley, y sea de forma inmediata a partir de su legal notificación (fs.11 y 12).
II.4. Por Informe del MEMORANDUM JDTSC/I/VER.REINC./LAB. 098/2021 de 26 de julio de verificación de reincorporación de la accionante, dirigido al Jefe Departamental de Santa Cruz del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social; el Inspector de la referida Jefatura pudo advertir que la empresa ahora accionante no dio cumplimiento a la Conminatoria de Reincorporación Laboral – Por Inamovilidad Laboral JDTSC/JCCHS/CONM. 077/2021 (fs. 15).