SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0134/2025-S3
Fecha: 10-Nov-2022
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Cursa Resolución de imputación formal de 24 de febrero de 2021 emitida por el Fiscal de Materia a cargo de la investigación contra Nancy Pamela Mancilla Velásquez -ahora accionante- por la presunta comisión del delito de violencia familiar o doméstica prevista en el art. 272 bis del Código Penal (CP), solicitando como medida cautelar la aplicación de detención preventiva (fs. 99 a 102).
II.2. A través de memorial presentado el 26 de octubre de 2021 ante la Fiscal de Materia asignada a la investigación, Marco Antonio Kunstek Terán -ahora tercero interesado- formuló impugnación contra la Resolución de sobreseimiento de 21 de septiembre de 2021, disponiendo se revoque la misma y se intime se presente requerimiento conclusivo de acusación “…considerando todos los elem[e]ntos de prueba incluyendo el resultado de ampliatoria de pericia que no fue considerado (…) a momento de emitir la Resolución de Sobreseimiento, ya que son nuevos elementos y contundentes en relación al hecho denunciado, dictamen pericial que en sus conclusiones refiere que [su] TESTIMONIO ES CRE[Í]BLE Y QUE NO PRESENTO NING[Ú]N TIPO DE PATOLOG[Í]A REFERIDA A LA PERSONALIDAD” (sic [fs. 66 a 73]), mecanismo de impugnación con el que se notificó de forma personal a la accionante el 19 de noviembre de igual año a horas 8:06 (fs. 65).
II.3. Por Resolución Fiscal Departamental RRMM 008/22 de 4 de febrero de 2022, Roger Rider Mariaca Montenegro, Fiscal Departamental de Santa Cruz resolvió revocar la Resolución de sobreseimiento de 21 de septiembre de 2021, ordenando a la Fiscal de Materia a cargo de la investigación presente requerimiento conclusivo de acusación en el plazo de diez días y que la fiscal de materia ofrezca todos lo elementos probatorios incluidos los que pudieran hacer falta para su producción en juicio, sea bajo sus responsabilidad (fs. 2 a 36).
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Respecto a la segunda finalidad, tanto la SCP 2221/2012 como la SCP 0100/2013, señalan que la arbitrariedad puede estar expresada en una decisión sin motivación, con motivación arbitraria, insuficiente y por la falta de coherencia del fallo. Ej