SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1471/2022-S4
Fecha: 07-Nov-2022
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Se tiene Acta de audiencia de apelación de medidas cautelares de 23 de septiembre de 2021; por la cual, se evidencia que, la defensa de la parte hoy accionante, en la señalada audiencia alegó que: i) Si el Juez indica que se ha desvirtuado el riesgo procesal, no hay la probabilidad de autoría, pero aun así se establece que concurren los riesgos procesales de peligro para la sociedad en un proceso investigativo que ya ha concluido; y, ii) Solicitaron se les otorgue una medida menos gravosa puesto que es una persona agricultor en Perú, y no se dedica a actos delictivos (fs. 2 y vta.).
II.2. Mediante Auto de Vista 152/2021 de 23 de septiembre, Diego Valdir Roca Saucedo, Vocal de la Sala Penal y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, determinó confirmar la Resolución emitida por el Juez de Sentencia Penal Segundo del mismo departamento (fs. 3 a 5).