SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1518/2022-S3
Fecha: 21-Nov-2022
II. CONCLUSIONES
De la revisión de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Cursa acta de audiencia de consideración de aplicación de medidas cautelares y procedimiento abreviado de 8 de septiembre de 2021, en la que José Vargas Yupanqui -hoy accionante- aceptó someterse al referido procedimiento (fs. 19 a 20 vta.); asimismo, consta mandamiento de condena de la citada fecha emitido por Mary Ruth Guerra Martínez, Jueza de Instrucción Penal Primera de Warnes del departamento de Santa Cruz, -ahora accionada-; por la cual se ordenó al Gobernador del CERPROM que ponga en segura custodia al accionante por contar con Sentencia Condenatoria de Procedimiento Abreviado que lo condena a cumplir una pena privativa de libertad de tres años (fs.27).
II.2. Mediante memorial presentado el 22 de septiembre de 2021, dirigido a la Jueza hoy accionada; el accionante solicitó audiencia de consideración de beneficio de suspensión condicional de la pena (fs. 2 a 3).
II.3. Por memorial presentado el 28 de septiembre de 2021, el accionante puso en conocimiento de la Jueza accionada los números de celular de las partes a efectos que en el proceso penal seguido contra su persona se proceda a su notificación (fs. 4).
II.4. A través de memorial presentado el 14 de octubre de 2021, ante la Jueza ahora accionada; el accionante reiteró su solicitud de aplicación de sanciones alternativas, pidiendo que para tal efecto se sirva señalar audiencia de consideración de beneficio de suspensión condicional de la pena (fs. 5 y vta.). Dicho escrito mereció el decreto de 15 de ese mes y año pronunciada por la citada Jueza; mediante la cual se llamó severamente la atención a Beba Fuentes Ortiz, Secretaria del Juzgado de Instrucción Penal Primero de Warnes del departamento de Santa Cruz hoy coaccionada (fs. 6).