SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1537/2022-S3
Fecha: 28-Nov-2022
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera, en virtud de la autoridad que le confieren la Constitución Política del Estado y los arts. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional y 44.1 del Código Procesal Constitucional; en revisión, resuelve CONFIRMAR en parte la Resolución 8/2022 de 18 de enero, cursante de fs. 384 a 387 vta., pronunciada por la Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz; y en consecuencia:
1° CONCEDER en todo la tutela impetrada, en los términos dispuestos por la mencionada Sala Constitucional, debiendo la nueva resolución emitida por el actual Vocal de la Sala Penal Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, estar debidamente fundamentada, motivada y ser congruente con los puntos de agravio planteados, ello siempre y cuando la situación jurídica de los imputados sobre los cuales versó la aplicación de medidas cautelares, hubiese cambiado a raíz de otros actuados procesales.
2° Llamar la atención a Israel Ramiro Campero Méndez y Alfredo Jaimes Terrazas, Vocales de la Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, por las dilaciones advertidas en la tramitación de la presente acción de defensa según se precisó en el acápite de “Otras consideraciones”.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Fdo. MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas
MAGISTRADA
Fdo. Dr. Petronilo Flores Condori
MAGISTRADO