SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1578/2022-S3
Fecha: 02-Dic-2022
II. CONCLUSIONES
De la revisión de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Cursa Certificado Médico Legal - Forense, de 10, 11 y 12 de octubre de 2021, emitido por la Médico Forense del Instituto de Investigaciones Forenses de la Fiscalía General del Estado, a través de los cuales se efectuó la revisión de Nelly Villca Carrión, BB -hija menor de edad de la coaccionante Nancy Elizabeth Rodríguez Valdivia-, Celia Eduarda Valdivia Sánchez -siendo lo correcto Rodríguez Valdivia- e Irma Rodríguez Valdivia -las tres últimas nombradas accionantes- (fs. 19, 28 a 30).
II.2. Mediante memorial de 11 de octubre de 2021, Erica Marcelina Mamani Pilco la Fiscal de Materia -hoy accionada-, presentó ante el Juez de Instrucción Anticorrupción y contra la Violencia hacia la Mujer de turno de El Alto del departamento de La Paz, el Inicio de Investigaciones y Resolución de Imputación Formal 253/2021 contra Marco Antonio Rodríguez Valdivia y solicitó medidas cautelares de carácter personal con aprehendido (fs. 20 a 24 vta.).
II.3. A través de memorial de 12 de octubre de 2021, presentado por la Fiscal de Materia ahora accionada ante el Juez de Instrucción Anticorrupción y contra la Violencia hacia la Mujer Tercero del departamento de El Alto del departamento de La Paz, a través del cual, se apersonó y solicitó se convalide la detención preventiva conforme a la Resolución de Imputación Formal 253/2021 contra Marco Antonio Rodríguez Valdivia, en virtud a los antecedentes de dicha Resolución, conforme se tiene en la parte dispositiva de dicha Resolución por un error involuntario y de “typeo” se tiene consignado disponga la detención domiciliaria; empero, corresponde la detención preventiva del nombrado (fs. 25).
II.4. Mediante oficio de 12 de octubre de 2021, la Fiscal de Materia ahora accionada, se dirigió a la Encargada de la Unidad de Análisis Criminal de la Fiscalía Departamental de El Alto, haciendo referencia a los casos atendidos en su turno para que se proceda a la remisión de antecedentes casos a ventanilla única para su sorteo y asignación correspondiente, encontrándose el proceso penal seguido a denuncia de Nelly Villca Carrión contra Marco Antonio Rodríguez Valdivia y otros, por la presunta comisión del delito de violencia familiar o doméstica, en el que se presentó la Resolución de Imputación Formal 253/2021, por lo que se realizó su audiencia de medidas cautelares de carácter personal del nombrado en la citada fecha a las 14:30 horas, en el Juzgado de Instrucción Anticorrupción contra la Violencia hacia la Mujer Tercero de El Alto del departamento de La Paz, disponiéndose su detención preventiva en el Centro Penitenciario San Pedro del mencionado departamento, por el término de tres meses (fs. 35).
II.5. Mediante memorial presentado el 12 de octubre de 2021, ante la Fiscal de Materia hoy accionada, las accionantes se apersonaron y solicitaron que se deje sin efecto el mandamiento de aprehensión emitido en su contra, puesto que no se esclareció la individualización de cada una de sus personas, ni el grado de participación, determinándose una aprehensión prematura, bajo la declaración informativa de la supuesta víctima, que es contradictoria con los antecedentes brindados a la Médico Forense, quien emitió el Certificado Médico Legal - Forense de 10 de octubre de 2021 efectuada a la supuesta víctima, que es una prueba en la cual se basó para determinar su aprehensión, sin contar con elementos suficientes, cuando son también mujeres y niños vulnerables y sujetos a la protección por parte del Estado. Asimismo, adjuntaron prueba documental pertinente que demuestra que fueron víctima de la denunciante, y las lesiones que presenta fueron causadas en autodefensa, con la finalidad de evitar el infanticidio de su nieto - sobrino y no hicieron la denuncia por ser la esposa de su hijo - hermano. Mereciendo el decreto de 13 de octubre de 2021, indicando que se tenga por apersonado y hágasele conocer ulterior decretos (fs. 27 y vta.).