SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1585/2022-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1585/2022-S2

Fecha: 14-Dic-2022

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.    Cursa nota de 8 de septiembre de 2021 dirigida a Ministro de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, Edgar Montaño Rojas por el cual Jesús German Choque Peñafiel representante legal de la empresa “Pullman Bus Los Andes Ltda.”, denunció manipulación en el sistema informático de la Dirección General de Transporte Terrestre, Fluvial y Lacustre (DGTTFL); asimismo, solicitó que en el “SIONET” se restituya el registro de detalles de horarios en sus rutas de los autobuses de la empresa (fs. 16).

II.2.    A través de la nota de 9 de septiembre de 2021, el representante legal de la empresa “Pullman Bus Los Andes Ltda.”, hizo conocer al Ministro de Obras Públicas Servicios y Vivienda, la realización de actos ilegales por parte del Director General de Transporte Terrestre, Fluvial y Lacustre, Israel Ticona Castro (fs. 17 a 19).

II.3.    Mediante nota de 9 de septiembre de 2021, la empresa ahora accionante, solicitó al Director General de Transporte Terrestre, Fluvial y Lacustre, respuesta al trámite de tarjeta de operaciones (fs. 20).

II.4.    El 13 de septiembre de 2021, el peticionante de tutela solicitó al Director General de Transporte Terrestre, Fluvial y Lacustre del Viceministerio de Transporte, se le otorgue copias legalizadas de las rutas y frecuencias de la Asociación de Autotransporte Tentación 1, Flota Expreso Tupiza, Flota Trans del Sur, Flota Sindical Trans El Inca 1, Flota Panamericana y Flota El Inca (fs. 26 a 28).

II.5.    Por nota de 15 de septiembre de 2021, el representante legal de la empresa “Pullman Bus Los Andes Ltda.”, solicitó al Ministro de Obras Públicas Servicios y Vivienda, respuesta a dos peticiones contenidas en la nota de 9 de igual mes y año, con Hoja de Ruta 12738 (fs. 21).

II.6.    Cursa nota de 16 de septiembre de 2021, por el cual el impetrante de tutela solicitó al Ministro de Obras Públicas, Servicios y Vivienda la extensión de fotocopias legalizadas de la denuncia realizada por la Confederación Sindical de Choferes de Bolivia (fs. 22).

II.7.    Por nota CAR/MOPSV/VMT/DGTTFL/USO 0235/2021 de 21 de septiembre de 2021, Israel Ticona Castro, Director General de Transporte Terrestre, Fluvial y Lacustre remitió respuesta a solicitud de “…extensión de fotocopias legalizadas de la denuncia presentada por l Confederación de Choferes de Bolivia…” (sic), por parte del accionante, la cual no puede ser legalizada, debido a que no fue el ente que la emitió (fs. 38).

II.8.    Por notas de 4 de octubre de 2021, el representante legal de la empresa “Pullman Bus Los Andes Ltda.”, solicitó al Ministro de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, así como al Director General de Transporte Terrestre, Fluvial y Lacustre, aclaración al CITE: MOPSV/VMT/DGTTFL/USO/OBS 3948/2021 (fs. 23 a 25)].

II.9.    Israel Ticona Castro, Director General de Transporte Terrestre, Fluvial y Lacustre, mediante nota CAR/MOPSV/VMT/DGTTFL/USO 0248/2021 de 4 de octubre, dio respuesta a la nota de 15 de septiembre de igual año; por la cual, solicitó se haga conocer la respuesta a la nota de 9 de igual mes y año, peticionada por la empresa “Pullman Bus Los Andes Ltda.” (fs. 40 a 41).

II.10. Israel Ticona Castro, Director General de Transporte Terrestre, Fluvial y Lacustre, mediante nota CAR/MOPSV/VMT/DGTTFL/USO 0250/2021 de 7 de octubre, dio respuesta a las notas de denuncia de manipulación informática de 6 de septiembre de similar año, presentada por el representante legal de la empresa accionante (fs. 42 a 43).

II.11. Mediante nota CAR/MOPSV/VMT/DGTTFL/USO 0252/2021 de 8 de octubre, Israel Ticona Castro, Director General de Transporte Terrestre, Fluvial y Lacustre, respondió a las notas de aclaración al CITE: MOPSV/VMT/DGTTFL/USO/OBS 3948/2021 (fs. 45).

II.12.  Por nota de 20 de octubre de 2021, la empresa accionante pidió al Ministro de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, “…INFORMACIÓN Y CELERIDAD AL AMPARO DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO, LEY 2341 DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA…” (sic [fs. 29 a 32)].

II.13.  A través de las notas de 3 de noviembre de 2021, la empresa “Pullman Bus Los Andes Ltda.”, solicitó al Ministro de Obras Públicas Servicios y Vivienda y al Director General de Transporte Terrestre, Fluvial y Lacustre, apliquen iguales medidas administrativas (fs. 34 a 36).