SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1588/2022-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1588/2022-S2

Fecha: 14-Dic-2022

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.  Dentro de la denuncia de reincorporación laboral presentada por Favio Alonso Onofre Barrón -ahora accionante- contra COMTECO R.L. -hoy empresa demandada-, ante la Jefatura Departamental de Trabajo Cochabamba, la titular de dicha entidad mediante Conminatoria de Reincorporación J.D.T. CBBA. /D.S. 0495/SMLV/ 188/2021 de 19 de octubre, exhortó a la Cooperativa demandada, proceder a la reincorporación inmediata del impetrante de tutela a su fuente laboral en el plazo de tres días hábiles, al mismo puesto que ocupaba más el pago de salarios devengados y demás derechos sociales; dicha Conminatoria fue objeto del recurso de revocatoria interpuesto el 4 de noviembre de igual año, por la nombrada empresa (fs. 2 a 3 y 85 a 90).

II.2.  Mediante RA 454-2021 de 2 de diciembre, la Jefatura Departamental de Trabajo Cochabamba, resolvió el recurso de revocatoria descrito anteriormente, confirmando la citada Conminatoria de Reincorporación; posteriormente, a través de memorial presentado el 23 de igual mes y año, la entidad demandada formuló recurso jerárquico contra la referida Resolución Administrativa (fs. 82 a 83 vta. y 173 a 179).

II.3.  Por Resolución Ministerial (RM) 474/22 de 3 de mayo de 2022, en atención al recurso jerárquico interpuesto por COMTECO R.L., la Ministra de Trabajo, Empleo y Previsión Social, revocó totalmente la RA 454-2021, como la Conminatoria de Reincorporación J.D.T. CBBA. /D.S. 0495/SMLV/ 188/2021, y declinó competencia ante la judicatura laboral, para que el peticionante de tutela pueda acudir a dicha jurisdicción, a fin de solicitar el resguardo de sus derechos (fs. 205 a 208 vta.).