SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1603/2022-S3
Fecha: 06-Dic-2022
II. CONCLUSIÓN
De la revisión de los antecedentes que cursan en el expediente, se establece lo siguiente:
II.1. Por Auto de Vista 111 de 4 de agosto de 2021, dictado ante el conflicto de competencia suscitado entre la Jueza de Sentencia Penal Decimocuarta y el Tribunal de Sentencia Penal Décimo, ambos de la Capital del departamento de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público a instancia Víctor Hugo Méndez Basagoitia -ahora tercero interesado- contra William Carmelo Peña Hurtado -hoy accionante- por la presunta comisión del delito de “Violación NNA”; Arminda Méndez Terrazas y Ever Álvarez Orellana, Vocales de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia del referido departamento -ahora accionados-, determinaron:“...declara COMPETENTE al Tribunal 10 de Sentencia en lo Penal de la Capital, quien deberá reasumir el conocimiento de la presente causa para llevar a cabo el procedimiento común hasta dictar la sentencia que corresponda” (sic [fs. 12 a 13 vta.]).