Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1633/2022-s3
Fecha: 07-Dic-2022
II. CONCLUSIÓN
De la
revisión de los antecedentes que cursan en el expediente, se establece lo
siguiente:
II.1. Cursa RA 088/2021 de
4 de octubre, dictada por Daniel José Manzaneda Mendoza, Director Departamental
de La Paz, del Servicio Plurinacional de Defensa Pública (SEPDEP), dependiente
del Ministerio de Justicia y Transparencia Institucional, mediante la cual,
resolvió: PRIMERO, es procedente la solicitud de amnistía de Pastor Chura
Quispe -ahora peticionante de tutela-, por la documentación presentada y la
adecuación al Decreto Presidencial 4461; por lo que, concedió la solicitud de
amnistía por el delito de avasallamiento, previsto y sancionado por el art. 351
Bis del Código Penal (CP); y SEGUNDO, dispone la remisión de dicha resolución
ante el Tribunal de Sentencia Penal Cuarto de la Capital del departamento de La
Paz, para su valoración y homologación, y posterior emisión del mandamiento de
libertad en favor del beneficiario, en aplicación de lo previsto por el art. 7.
VI y VII del citado Decreto Presidencial. Misma que fue remitida ante la
Oficina Gestora de Procesos del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz,
el 13 de octubre de 2021, mediante Nota SEPDEP./DDLP./DJMM/AMNISTÍA RES. 088/2021
de 12 de octubre (fs. 2 a 6 vta.).
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