SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1443/2022-S1
Fecha: 07-Dic-2022
Encabezado
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1443/2022-S1
Sucre, 7 de diciembre de 2022
SALA PRIMERA
Magistrada Relatora: MSc. Julia Elizabeth Cornejo Gallardo
Acción de amparo constitucional
Expediente: 42000-2021-85-AAC
Departamento: La Paz
En revisión la Resolución 200/2022 de 8 de septiembre, cursante de fs. 443 a 445, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por José Paxi Ticona contra José Antonio Barrenechea Zamorano, Presidente; Jhonny Omar Chávez Bascopé, Vocal Permanente; Javier Eduardo Maldonado Tapia, Vocal Suplente; Franz Javier Choque Mamani, Vocal Permanente; y, Dora Herrera Bazán, Vocal Suplente, todos ex miembros del Tribunal Disciplinario Superior Permanente de la Policía Boliviana de la Gestión 2020; y, Víctor Hugo Sora Morrón, Presidente; Fernando Barrientos Benítez, Vocal Permanente; Gunter Agudo Mendoza, Vocal Suplente; Cándido Asillanes Padilla, Vocal Permanente; y, Freddy Calcina Guachalla, Vocal Suplente, todos actuales miembros del citado Tribunal de la Gestión 2021.
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Respecto a la segunda finalidad, tanto la SCP 2221/2012 como la SCP 0100/2013, señalan que la arbitrariedad puede estar expresada en una decisión: a) Sin motivación, cuando la resolución no da razones que la sustenten; b) Con motivaci