SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1490/2022-S1
Fecha: 07-Dic-2022
II. CONCLUSIONES
Realizada la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en el expediente, se establece lo siguiente:
II.1. Mediante Memorándum SDAF 143/A-D/2018 de 27 de diciembre, el Secretario de Administración y Finanzas del Gobierno Autónomo Departamental del Beni, designó a Erlan Gil Pedraza, en el cargo de Asistente II Aire Acondicionado bajo dependencia de la Jefatura Unidad II Mantenimiento y Reparaciones del Gobierno Autónomo Departamental del Beni (fs. 3).
II.2. Cursa copia fotostática del Certificado de Nacimiento de AA, el 8 de abril de 2021, en el cual se consigna como padres progenitores: Erlan Gil Pedraza y Rosa de los Ángeles Hueda Justiniano (fs. 4).
II.3. Se tiene Calificación de Beneficios para el Régimen de Asignaciones Familiares elaborada por la Unidad de Afiliación y Vigencias de Derecho de la Caja Cordes y el Coordinador Médico de la Caja Cordes de 7 de junio de 2021, en la que figura como beneficiario el menor AA (fs. 5).
II.4. Por nota presentada el 8 de diciembre de 2021, ante la Secretaría Departamental de Administración y Finanzas del Gobierno Autónomo Departamental del Beni, Erlan Gil Pedraza solicitó el pago del subsidio de lactancia correspondiente a los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2021 (fs. 15).
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO | III. El régimen de seguridad social cubre atención por enfermedad, epidemias y enfermedades catastróficas; maternidad y paternidad; riesgos profesionales, laborales y riesgos por labores de campo; discapacidad y
- II. La seguridad social se presta bajo los principios de universalidad, integralidad, equidad, solidaridad, unidad de gestión, economía, oportunidad, interculturalidad y eficacia. Su dirección y administración corresponde al Estado, con control y par
- POR TANTO
- MAGISTRADA