SENTENCIA CONSTITUCIONAL
PLURINACIONAL 1597/2022-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1597/2022-S2

Fecha: 30-Dic-2022

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.    Consta Resolución 10/2021 de 20 de abril, emitida por la Directora Departamental a.i. del SEPDEP Santa Cruz, quien declaró procedente la solicitud de amnistía del accionante, realizada mediante el Formulario 010, por el delito de suministro de sustancias controladas, a esa fecha recluido en el Centro Penitenciario Palmasola de dicho departamento    (fs. 46 a 48 vta.).

II.2.    Por Auto Interlocutorio 170/21 de 30 de abril de 2021, Juan Coronado Camacho, Juez de Sentencia Penal Noveno y Anticorrupción y contra la Violencia hacia la Mujer de la Capital del departamento de Santa Cruz      -demandado-, declaró improcedente la homologación de la Resolución 10/2021 de amnistía, advirtiendo a los sujetos procesales que dicha determinación era susceptible de apelación incidental dentro del plazo de tres días conforme establece el art. 180.II de la CPE, concordante con el art. 403.6 del CPP (fs. 50 a 51 vta.).

II.3.    Mediante Auto de Vista 78 de 17 de junio del citado año, los Vocales de la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, declararon admisible e improcedente la apelación incidental interpuesta por el impetrante de tutela, confirmando el fallo impugnado (fs. 40 vta. a 41 vta.).