SENTENCIA CONSTITUCIONAL
PLURINACIONAL 1639/2022-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1639/2022-S3

Fecha: 07-Dic-2022

II.   CONCLUSIONES

De la revisión de los antecedentes que cursan el expediente, se establece lo siguiente:

II.1.  Cursa la Resolución Final de Proceso Administrativo Sancionador SEDES/UCS/SUGH 001/2021 de 4 de marzo, emitida por Alfredo Mendoza Arias, Juez Sumariante Responsable Departamental de Gestión de Hospitales del SEDES Cochabamba, a través de la cual estableció la existencia de responsabilidad institucional administrativa de la Clínica Los Ángeles S.A., imponiéndole, entre otros aspectos, la sanción de clausura temporal; asimismo, dispuso la permanencia del paciente en la Clínica en resguardo de su salud y que esa Clínica no cobre de manera definitiva los aranceles adeudados por la atención del paciente Richard Armando Arias Mendiguri (fs. 120 a 195).

II.2. Consta la Resolución Administrativa de Recurso de Revocatoria SEDES/UCS/SUGH 002/2021 de 21 de mayo, emitido por Efraín Valencia Alanes, Juez Sumariante Responsable Departamental de Gestión de Hospitales del SEDES Cochabamba, mediante la cual rechazó el recurso de revocatoria planteado por la representante legal de la Clínica Los Ángeles S.A. contra la Resolución Final del Proceso Administrativo Sancionador SEDES/UCS/SUGH 001/2021, confirmando esa Resolución que fue complementada y aclarada en cuanto al plazo de la clausura temporal y por treinta días calendario, quedando vigente en todas sus partes (fs. 197 a 261).

II.3. Mediante memorial de 23 de junio de 2021, la representante legal de la Clínica Los Ángeles S.A., interpuso recurso jerárquico contra la Resolución Administrativa de Recurso de Revocatoria SEDES/UCS/SUGH 002/2021 (fs. 262 a 277).

II.4.  Cursa la Resolución de Recurso Jerárquico SEDES/UCS/SUGH 03/2021 de 17 de diciembre, pronunciada por Fredy Osvaldo Medrano Cabrera, Director Departamental del SEDES Cochabamba, a través de la cual, entre otras determinaciones, rechazó el recurso jerárquico planteado por la parte accionante, confirmado la Resolución Final de Proceso Administrativo Sancionador SEDES/UCS/SUGH 001/2021 y la Resolución Administrativa de Recurso de Revocatoria SEDES/UCS/SUGH 002/2021 (fs. 278 a 307 vta.).