SENTENCIA
CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0428/2025-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0428/2025-S3

Fecha: 09-Dic-2022

II. CONCLUSIÓN

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.  Mediante Auto Interlocutorio 409/2022 de 8 de agosto, el Juez de Instrucción Penal Quinto de El Alto del departamento de La Paz dispuso la detención preventiva de Michael Jayson Kuno -ahora accionante- por el periodo de cuatro meses, señalando audiencia de oficio para revisar la situación jurídica del prenombrado para el 8 de diciembre de igual año a horas 10:00 (fs. 9 a 10 vta.).

II.2.  Por Circular 19/2022 - SP - TDJLP de 29 de noviembre, la Sala Plena del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, en virtud al art. 126 de la Ley del Órgano Judicial (LOJ) modificado por la Ley 810 de 13 de junio de 2016, dispuso la vacación judicial anual colectiva desde el 6 hasta el 30 de diciembre de 2022, ordenando en el punto I.4 “ A los Juzgado del Área Penal se les recuerda la obligación que tienen de entregar a los Juzgados de turno todos los expedientes que cuenten con detenidos preventivos, detenidos domiciliarios y declarados rebeldes, los libros y/o cuadernos de presentación de imputados, hasta el día lunes 05 de diciembre de 2022, bajo estricto inventario y los cuidados necesarios” (sic [fs. 3 a 7]).

II.3.  El 7 de diciembre de 2022 el impetrante de tutela presentó memorial ante el Juez de Instrucción Penal “Quinto” -lo correcto es Segundo- de El Alto del departamento de La Paz, señalando que si bien a través de Auto Interlocutorio 409/2022 se programó audiencia para revisar su situación jurídica para el 8 del mencionado mes y año, no obstante, en razón a que el cuaderno de control jurisdiccional no fue remitido a su despacho judicial en plazo establecido en la Circular 19/2022 - SP – TDJLP, al amparo del          art. 239.1 y 2 del CPP, pidió se señale día y hora de audiencia(fs. 12 y vta.). Mereciendo el Auto Interlocutorio 338/2022 de 8 del referido mes y año de excusa formulada por el Juez de Instrucción Penal Segundo del nombrado asiento judicial, disponiendo la remisión de antecedentes a la Oficina Gestora de Procesos para su sorteo (fs. 8).

II.4.  Según el formulario del SIREJ el proceso penal seguido por el Ministerio Público a instancia de Miguel Gonzalo Pinto Colque contra el peticionante de tutela, por la presunta comisión del delito de robo agravado fue asignado al Juez de Instrucción Penal Cuarto de El Alto del departamento de La Paz, el 8 de diciembre de 2022 a horas 14:11 (fs. 18).

II.5.  A través de oficio con Cite: 640/2022 de 8 de diciembre, el Juez de Instrucción Penal Segundo de El Alto del departamento de La Paz, remitió antecedentes del proceso penal referido precedentemente ante su similar Cuarto constando el cargo de recepción de 9 del señalado mes y año a horas 16:30 (fs. 19).

II.6.  Consta fotocopias del Libro de Altas y Bajas correspondiente al Juzgado de Instrucción Penal Segundo de El Alto del departamento de La Paz, en el que advierte la remisión del expediente señalado precedentemente a su similar Cuarto con cargo de recepción de 9 de diciembre de 2022 (fs. 20).