SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1418/2022-S1
Fecha: 01-Dic-2022
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Mediante Resolución D.E.P. 139/2021 de 12 de octubre, Silvia Eugenia Vásquez Cuevas, Directora del Centro Penitenciario Palmasola de Santa Cruz Recinto Mujeres, resolvió disponer sanción disciplinaria a la privada de libertad Giovana Melby Prieto de la Barra -ahora accionante- por adecuar su conducta en faltas muy graves; disponiéndose la sanción con cuarenta días, a cumplir en otra sección más rigurosa (fs. 4). Consta que la notificación de dicha resolución fue realizada el 12 de octubre de 2021 a horas 9:00 (fs. 4 vta.).
II.2. Consta Recurso de Apelación formulado por Giovana Melby Prieto de la Barra contra la Resolución D.E.P. 139/2021, interpuesto ante el Juez de Ejecución y Supervisión Penal Cuarto de la Capital del departamento de Santa Cruz, el 14 de octubre de 2021 (5 a 7).
II.3. Mediante memorial presentado el 14 de octubre de 2021, a horas 11:00, Giovana Melby Prieto de la Barra, puso en conocimiento de la Directora del Centro Penitenciario Palmasola de Santa Cruz Recinto Mujeres, el recurso de apelación planteado contra la Resolución D.E.P. 139/2021 (fs. 8 y vta.).