SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1602/2022-S2
Fecha: 30-Dic-2022
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Consta Memorándum 023/20 de 15 de enero de 2020, por el que el Director del Servicio Departamental de Deportes (SEDEDE) del Gobierno Autónomo Departamental de Beni designó a Yajaira Robles Ojopi -ahora accionante- en el cargo de “Analista Unidad de Desarrollo Deportivo”, con un nivel salarial 16 de la Planilla de Inversión -se aclara que la fotocopia de este documento no es clara- (fs. 267).
II.2. Por Memorándum SDPEP/RR.HH. 140/2020 de 6 de marzo, el Secretario Departamental de Desarrollo Productivo y Economía Plural del Gobierno Autónomo Departamental de Beni nombró a José Luis Mejía Chávez -ahora impetrante de tutela- en el cargo de “Auxiliar III – SEDAG - Beni” con un nivel salarial 18 de la Planilla de Inversión hasta el “04 de junio” (fs. 142).
II.3. Cursa Memorándum SDPEP/RR.HH. 160/2020 de 17 de marzo, por el que el Secretario Departamental de Desarrollo Productivo y Economía Plural del Gobierno Autónomo Departamental de Beni designó a Elizabeth Suárez Zelada en el cargo de “Asistente IV” con un nivel salarial 16 de la Planilla de Inversión hasta el “30 de junio” (fs. 154).
II.4. Mediante Certificado de Atención Pre - Natal de Elizabeth Suárez Zelada, se evidencia que se encuentra atendida y su “habilitación” para subsidio prenatal, de acuerdo a la Resolución Ministerial (RM) 1676 de 22 de noviembre de 2011, con última fecha de atención el 29 de junio de 2020, correspondiente al séptimo mes (fs. 114).
II.5. Consta Certificado de Atención Pre - Natal de Karen Landívar Iriarte, cuyo beneficiario es José Luis Mejía Chávez, que determinó que se encuentra atendida y su “habilitación” para subsidio pre-natal, de acuerdo a la RM 1676, con última fecha de atención el 13 de julio de 2020, correspondiente al octavo mes (fs. 120).
II.6. Por Memorándum SDPEP/RR.HH. 067-AD/2020 de 1 de julio, el Secretario Departamental de Desarrollo Productivo y Economía Plural del Gobierno Autónomo Departamental de Beni designó a Elizabeth Suárez Zelada en el cargo de “Asistente IV” con un nivel salarial 16 de la Planilla de Inversión hasta el “31 de diciembre” (fs. 3).
II.7. Cursa Memorándum SDPyEP/15 AD/2021 de 4 de enero, por el que el Secretario Departamental de Desarrollo Productivo y Economía Plural del Gobierno Autónomo Departamental de Beni nombró a Ela Chávez Pérez en el cargo de “Técnico IV” con un nivel salarial 16 de la Planilla de Inversión hasta el 31 de diciembre de 2021 (fs. 34).
II.8. A través de Memorándum DIR. SEDEDE 070/2021 de 1 de marzo, el Director del SEDEDE del Gobierno Autónomo Departamental de Beni designó a Yajaira Robles Ojopi en el cargo de “Técnico IV” con un nivel salarial 14 de la Planilla de Inversión (fs. 43).
II.9. Cursa Certificado Médico de “Nacid@ Viv@” CNVBN/1808 07367 de 31 de julio de 2020 de AA, siendo la madre Elizabeth Suárez Zelada, emitido por Javier Ramírez, médico de la Caja de Salud de la Corporación Regional de Desarrollo (CORDES [fs. 117]).
II.10. Por Certificado Médico de “Nacid@ Viv@” CNVBN/1808 07370 de 23 de agosto de 2020, se acredita el nacimiento de BB, siendo la madre Karen Landívar Iriarte (del beneficiario José Luis Mejía Chávez) emitido por Narda Urquizo Méndez, médico de la Caja de Salud CORDES (fs. 123).
II.11. Consta Calificación de Beneficios para el Régimen de Asignaciones Familiares de la Caja de Salud CORDES de 21 de septiembre de 2020, a favor de la asegurada Elizabeth Suárez Zelada, determinando la cancelación del subsidio de natalidad, y el inicio del pago de las asignaciones familiares a partir del 30 del mismo mes y año, hasta el 31 de julio de 2021, correspondiéndole once (fs. 116).
II.12. Cursa Calificación de Beneficios para el Régimen de Asignaciones Familiares de la Caja de Salud CORDES de 22 de septiembre de 2020 a favor del asegurado José Luis Mejía Chávez, determinando la cancelación del subsidio de natalidad, y el inicio del pago de las asignaciones familiares a partir del 22 del mismo mes y año, hasta el 23 de agosto de 2021, correspondiendo doce asignaciones (fs. 122).
II.13. Por Certificado de Atención Pre - Natal de Yajaira Robles Ojopi, se determinó que se encuentra atendida y su “habilitación” para subsidio pre-natal, de acuerdo a la RM 1676 con última fecha de atención de 9 de noviembre de 2020, correspondiente al noveno mes (fs. 130).
II.14. Consta Certificado de Atención Pre - Natal de Ela Chávez Pérez, que estableció que se encuentra atendida y su “habilitación” para subsidio pre-natal, de acuerdo a la RM 1676 con última fecha 14 de febrero de 2021, del octavo mes (fs. 125).
II.15. Mediante Certificado Médico de “Nacid@ Viv@” CNVBN/1808 10317 de 20 de noviembre de 2020 de CC, se tiene que la madre sería Yajaira Robles Ojopi, emitido por Javier Ramírez, médico de la Caja de Salud CORDES (fs. 131).
II.16. Cursa Calificación de Beneficios para el Régimen de Asignaciones Familiares de la Caja de Salud CORDES de 30 de noviembre de 2020 a favor de la asegurada Yajaira Robles Ojopi, determinando la cancelación del subsidio de natalidad y el inicio del pago de las asignaciones familiares a partir del 19 de diciembre del mismo año hasta el 20 de noviembre de 2021, correspondiéndole doce (fs. 134).
II.17. Consta Certificado Médico de “Nacid@ Viv@” CNVBN/1808 10346 de 15 de marzo de 2021 de DD, en el que se señala que la madre es Ela Chávez Pérez, emitido por Javier Ramírez, médico de la Caja de Salud CORDES (fs. 128).
II.18. Por Calificación de Beneficios para el Régimen de Asignaciones Familiares de la Caja de Salud CORDES de 24 de marzo de 2021, a favor de la asegurada Ela Chávez Pérez, se dispuso la cancelación del subsidio de natalidad y el inicio del pago de las asignaciones familiares a partir del 14 de abril de similar año hasta el 15 de marzo de 2022, correspondiendo a doce (fs. 127).
II.19. Mediante Informe 27/2021 de 2 de junio, emitido por Wilma Suárez Ruiz, Analista IV de la Dirección de Bienestar Laboral del Gobierno Autónomo Departamental de Beni, dirigida a la Directora Departamental de Procedimientos Jurídicos y Administrativos de la Secretaría Departamental de Justicia de la precitada Gobernación, se informó que se tiene una “deuda de subsidios familiares” (sic) con la “FUNCIONARIA DEL SEDEDE” Yajaira “ROBLE ROMAN” (sic [fs. 73]).
II.20. A través de Informe SDDPEP RR.HH 20/2021 de 2 de junio, elaborado por Abigail Sosa Arce, Responsable de RR.HH. de la Secretaría Departamental de Desarrollo y Producción y Economía Plural del Gobierno Autónomo Departamental de Beni dirigido a Marisol Fernández “JURIDICA GOBERNACION” (sic) se hizo conocer el detalle “…por concepto de deuda por asignaciones familiares…” (sic) a Elizabeth Suárez Zelada, José Luis Mejía Chávez y Ela Chávez Pérez (fs. 74 a 75).
II.21. Cursa Informe Legal 126/2022 de 26 de agosto, emitido por Valeria Nuñez Vela Rivas, Jefa de la Unidad II de Procesos Administrativos de la DPJA- Secretaría Departamental de Justicia del Gobierno Autónomo Departamental de Beni, dirigido a Franz Muñoz Viruez, Secretario Departamental de Justicia del referido Gobierno Autónomo, presentado a solicitud de la información adicional requerida por este Tribunal, en la que detallan los documentos requeridos y concluyen que “…puede evidenciar que no existe en archivo toda la documentación solicitada, con lo que se puede evidenciar de que las solicitudes administrativas de los accionantes, no fueron presentadas de acuerdo al procedimiento y mucho más cuando las Secretarias Departamentales eran desconcentradas y la MAE del GAD-BENI, no tomaba conocimiento de los requerimientos de cada una de ellas” (sic [fs. 238 a 245]).
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- V. Las mujeres tienen derecho a la maternidad segura, con una visión y práctica intercultural; gozarán de especial asistencia y protección del Estado durante el embarazo, parto y en los periodos prenatal y posnatal” (las negrillas nos pertenecen).
- Por tanto, la seguridad social debe desplegar su ámbito de protección de acuerdo a los principios universalidad, integralidad, equidad, solidaridad, unidad de gestión, economía, oportunidad, interculturalidad y eficacia; correspondiendo su ejecución