SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1608/2022-S4
Fecha: 06-Dic-2022
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Cuarta Especializada; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 24/2021 de 5 de noviembre, cursante de fs. 15 a 18 vta., pronunciada por el Juez de Ejecución Penal Tercero del departamento de La Paz; en consecuencia, CONCEDER en parte la tutela impetrada por vulneración del derecho a una justicia pronta, oportuna y sin dilaciones, en su elemento del principio de celeridad como componente del debido proceso, directamente vinculado con el derecho a la libertad del solicitante de tutela, ordenando a la autoridad ahora demandada que de forma inmediata eleve informe ante la autoridad judicial correspondiente, respecto a los motivos de la no ejecución del mandamiento de libertad de 21 de octubre de 2021, expedido en favor del accionante, siempre y cuando ello no hubiese ya ocurrido hasta la fecha de notificación con este fallo constitucional; y, DENEGAR la tutela impetrada respecto a la pretensión de que esta instancia constitucional ordene al ahora demandado, que proceda a la efectivización del mandamiento de libertad y la restitución del señalado derecho.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano
MAGISTRADO
René Yván Espada Navía
MAGISTRADO