Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1627/2022-S3
Fecha: 07-Dic-2022
II. CONCLUSION
En el expediente remitido a este Tribunal, no se advierte la existencia de documentación adjuntada por las partes o por el Tribunal de garantías sobre el proceso penal seguido en contra del peticionante de tutela; sin embargo, del contenido del memorial de acción tutelar, de lo informado por las autoridades accionadas; y, expuesta la problemática constitucional precedentemente desarrollada, se establece que no resulta necesaria mayor documentación para el análisis del caso concreto, por lo que se resolverá conforme a ello, en observancia del principio de celeridad y economía procesal.