SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0190/2022-S3
Fecha: 31-Mar-2022
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la
CORRESPONDE A LA SCP 0190/2022-S3 (viene de la pág. 11).
Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: REVOCAR la Resolución AAC-038/2021 de 3 de marzo, cursante de fs. 71 a 74 vta., pronunciada por la Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba; y, en consecuencia:
1° CONCEDER la tutela solicitada de manera provisional e inmediata, respecto a los derechos al trabajo y a la estabilidad laboral, entre tanto las autoridades competentes judiciales o administrativas resuelvan la situación de fondo o en su caso, dejen sin efecto la Conminatoria MTEPS-JDT CO-069/2020 de 8 de octubre; y, de forma excepcional y temporal, con relación a la garantía de la inamovilidad laboral que comprende los derechos a la vida, a la salud y otros, inherentes a la madre y al nasciturus, hasta que este cumpla un año de edad, no pudiendo variar las condiciones laborales del trabajador bajo ningún concepto en ese ínterin.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Al no existir consenso en Sala dentro del presente caso, dirime el MSc. Paul Enrique Franco Zamora, Presidente; siendo de Voto Disidente la Magistrada, MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas.
Fdo. MSc. Paul Enrique Franco Zamora
PRESIDENTE
Fdo. Dr. Petronilo Flores Condori
MAGISTRADO