SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0055/2022-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0055/2022-S4

Fecha: 11-Abr-2022

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados se establece lo siguiente:

II.1.  Dentro del proceso laboral de reincorporación laboral interpuesto por Wilfredo Terrazas Calderón contra Juan Carlos Montenegro Bravo, Gerente Nacional de Recursos Evaporíticos GNRE-COMIBOL, el Juez de Partido del Trabajo y Seguridad Social, Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario Primero del departamento de Oruro, mediante Sentencia 084/2017 de 6 de junio, declaró improbada la demanda, con costos y costas, argumentando que el demandante por sus funciones propias y características a las que se sometió su relación laboral, no goza de la estabilidad laboral; por lo que, ese Juzgado se encuentra impedido de determinar si el despido fue justificado o no, además de haber acudido a la vía administrativa donde posiblemente su situación laboral sea revisada (fs. 561 a 569 vta.).

II.2.  Mediante memorial presentado el 13 de junio de 2017, el ahora accionante interpuso recurso de apelación contra la Sentencia de primera instancia, solicitando que se pronuncie Auto de Vista determinando revocar las sentencia apelada y en consecuencia declarar probada su demanda disponiendo su inmediata reincorporación al mismo puesto laboral que ocupaba al momento del despido, con la asignación del ítem y nivel salarial, así como también se ordene el pago de sus haberes devengados, bonos, aguinaldos y otros derechos laborales, actualizados a la fecha de su efectiva reincorporación (fs. 573 a 574).

II.3. A través del Auto de Vista AV-SECCASA 138/2019 de 2 de agosto, la Sala Especializada Contenciosa, Contenciosa Administrativa y Social Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, confirmó la Sentencia 0084/2017 de 9 de junio (fs. 607 a 611).

II.4.  Por memorial presentado el 19 de agosto de 2019, el impetrante de tutela interpuso recurso de casación en el fondo contra el Auto de Vista AV-SECCASA 138/2019, exponiendo en el mismo sus agravios (fs. 613 a 618).

II.5.  A través del Auto Supremo 124/2020 de 9 de marzo, pronunciado por Carlos Alberto Eguez Añez y Ricardo Torres Echalar, Magistrados de la Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia –autoridades ahora demandadas–, fue declarado infundado el recurso de casación planteado por el solicitante de tutela contra el auto de Vista AV-SECCASA 138/2019 de 2 de agosto (fs. 640 a 646).