SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0087/2022-S2
Fecha: 13-Abr-2022
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Cursa Auto Definitivo 185/2019 de 6 de septiembre, sobre solicitud de división partición de bienes en ejecución de sentencia incoado por Cleidi Martínez, hoy accionante, contra Demar Ruiz Laguna, pronunciado por la Jueza Pública de Familia Quinta de la Capital del departamento de Santa Cruz, declarando probada en parte la demanda de división y partición de bienes (fs. 272 a 279 vta.).
II.2. Por memorial presentado el 27 de septiembre de 2019, la impetrante de tutela planteó el recurso de apelación contra el Auto Definitivo 185/2019 ante la Jueza de la causa, expresando dos agravios (fs. 288 a 290 vta.).
II.3. A través del Auto de Vista 21/2020 de 19 de febrero, los Vocales ahora demandados de la Sala Civil, Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, resolvieron confirmar totalmente el Auto recurrido (fs. 347 a 348 vta.).
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Respecto a la segunda finalidad, tanto la SCP 2221/2012 como la SCP 0100/2013, señalan que la arbitrariedad puede estar expresada en una decisión sin motivación, con motivación arbitraria, insuficiente y por la falta de coherencia del fallo.