SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0092/2022-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0092/2022-S2

Fecha: 13-Abr-2022

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.    Cursa Nota de 12 de julio de 2016, presentada por los representantes de la FUNAHEB, dirigida a Félix Patzi Paco -entonces- Gobernador Departamental de La Paz; por el cual le hacen conocer de la promulgación de la Ley de Dotación Gratuita de Medicamentos Antihemofílicos del factor VIII y IX para pacientes con hemofilia y que la administración así como la dotación de los medicamentos será a cargo de las gobernaciones departamentales (fs. 27).

II.2.    Por Notas de 19 de septiembre y 24 de noviembre de 2016, la directiva de FUNAHEB solicitó audiencia al Gobernador de La Paz, para tratar la Ley de Dotación Gratuita de Medicamentos Antihemofílicos y que se inscriba en el POA el presupuesto para la compra de medicamentos (fs. 28 a 29).

II.3.    A través de diferentes notas presentadas en las gestiones 2017 y 2018, los representantes de FUNAHEB hicieron conocer al Director Técnico del SEDES del Gobierno Autónomo Departamental de La Paz su preocupación por la compra insuficiente de medicamentos del factor VIII y IX (fs. 31 a 35).

II.4.    Mediante Notas de 12 de febrero, 12 de marzo y 10 de junio todas de 2019, la directiva de FUNAHEB hicieron conocer al Gobernador de La Paz, su preocupación por la falta de compra de medicamentos factor VIII y IX para el tratamiento de los pacientes con hemofilia (fs. 36 a 38).

II.5.    Por Nota de 10 de junio de 2020 los representantes de FUNAHEB, solicitaron al Gobernador de La Paz ser parte de la comisión de licitación para la compra de los medicamentos y que los laboratorios que participen cuenten con el aval de los dos controles de calidad autorizados a nivel internacional (fs. 42 a 44).

II.6.    Carmen Luna, Responsable de Enfermedades no Transmisibles y Salud Renal del SEDES La Paz, mediante Nota de 23 de abril de 2020, solicitó a Rene Sahonero Carreón, Director Técnico, la adquisición de medicamentos antihemofílicos por un monto de Bs397 900,00.- (trecientos noventa y siete mil novecientos bolivianos) según el POA 2019, correspondiente a la actividad “…ꞌAtención Multidisciplinaria implementada y funcionando y dotación de medicamentos anti hemofílicos a pacientes del subsector públicoꞌ…” (sic [fs. 89]).

II.7.    Cursan las especificaciones técnicas para la adquisición de medicamentos conforme establece la Ley de Dotación Gratuita de Medicamentos Antihemofílicos que en su parte pertinente señala adquirir y dotar gratuitamente medicamentos antihemofílicos factor VIII y IX para pacientes con hemofilia, en cumplimiento a las metas y actividades contempladas en el POA 2020 del referido Gobierno Departamental (fs. 91).

II.8.    A través de Nota de 9 de noviembre de 2020, la responsable de enfermedades no transmisibles y salud renal del SEDES del citado Gobierno Departamental, Dra. Carmen Luna, solicitó al Director Técnico Ramiro Walter Narváez Fernández, la adquisición de medicamentos antihemofílicos por un monto de Bs41 000.- (cuarenta y un mil bolivianos) correspondiente a la actividad “…ꞌAtención Multidisciplinaria implementada y funcionando y dotación de medicamentos anti hemofílicos a pacientes del subsector públicoꞌ…” (sic [fs. 92]).

II.9.    Cursan actas de entrega de medicamentos antihemofílicos de 6 y 28 de febrero, 5 de junio y 30 de septiembre todos del 2020, al Hospital del Niño (fs. 97 a 100).

II.10.  Formularios de recepción de bienes y servicios registrados en el SICOES, de las gestiones 2017, 2018, 2019 y 2020, siendo la entidad encargada para el proceso de contratación el SEDES del nombrado Gobierno Autónomo Departamental con la empresa Laboratorios Bagó de Bolivia Sociedad Anónima (S.A.) para la provisión de medicamentos factor VIII y IX (fs. 102 a 108).