SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0148/2022-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0148/2022-S2

Fecha: 20-Abr-2022

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.    Cursa Resolución 01/2020 de 28 de diciembre, firmada por Jorge Cortez Romero, Presidente y Carlos Alberto Gómez Gutiérrez, Secretario, ambos miembros del Tribunal de Honor de AGACOR -ahora demandados-, resolviendo confirmar la elección de los asociados realizada en Asamblea General Ordinaria de 28 de noviembre de 2020 y sancionar a Paulo César Enríquez Rosales -hoy accionante- con seis meses de suspensión, estableciendo que el Secretario fungirá como Presidente a.i., debiendo convocar a Asamblea General Ordinaria (fs. 53 a 55).

II.2.    Consta nota de 29 de diciembre de 2020, firmada por el impetrante de tutela dirigida al Tribunal de Honor de AGACOR, solicitando se deje sin efecto la Resolución 01/20202 por vulnerar sus derechos al debido proceso, a la defensa, y a la normativa interna de la mencionada Asociación (fs. 56 a 58).

II.3.    Mediante nota de 4 de enero de 2021, Carlos Alberto Gómez Gutiérrez, Secretario del señalado Tribunal de Honor, en respuesta a la nota de 29 de diciembre de 2020, informó que su colega miembro de dicho ente colegiado se encuentra con COVID-19; razón por la cual, se ven imposibilitados para reunirse y responder a la carta de 29 de diciembre de 2020, hasta la recuperación del mismo (fs. 195).

II.4.    Consta Estatuto Orgánico y Reglamento Interno de AGACOR, aprobado mediante RA RA SJD DAJ PJ 2016 505 de 13 de diciembre de 2016         (fs. 11 a 40 vta.).