Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0314/2022-S3
Fecha: 22-Abr-2022
II. CONCLUSIÓN
De la revisión de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. No cursa en el expediente constitucional ningún actuado inherente al proceso penal de origen y las presuntas irregularidades del debido proceso ahora reclamadas, por lo que la resolución del presente caso se basará en lo expuesto por el accionante en su demanda constitucional y lo referido por las partes procesales en la audiencia de esta acción de defensa.