SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0353/2022-S3
Fecha: 26-Abr-2022
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan el expediente, se establece lo siguiente:
II.1. Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público, a instancias del Gobierno Autónomo Departamental de Potosí contra Walter Jaime Vásquez Palenque -hoy impetrante de tutela- y otro, por la presunta comisión del delito de incumplimiento de contratos, por Resolución de 16 de marzo de 2020, el Juez de Instrucción Penal Sexto de la Capital del citado departamento, declaró infundadas las excepciones de prescripción y falta de acción planteadas por el peticionante de tutela (fs. 26 a 32); a raíz de la apelación que habría sido planteada contra dicha Resolución, el 30 de noviembre del indicado año, se llevó adelante audiencia de apelación incidental (fs. 107 a 115).
II.2. Mediante Auto de Vista 58/2020 de 30 de noviembre, Julio Alberto Miranda Martínez y Jaime Vladimir Jiménez Vidaurre, Vocales de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí -ahora accionados-, declararon improcedente la impugnación interpuesta por el accionante por ser manifiestamente dilatoria (fs. 115 a 122).