SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL
0118/2022-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0118/2022-S2

Fecha: 13-Abr-2022

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.  A través de Memorándums de Designación de 1 de marzo y 1 de abril de 2019, la Dirección General de Formación de Maestros del Ministerio de Educación, nombró a los peticionantes de tutela para desempeñar funciones en el PROFOCOM - SEP, consignándose en todos la designación por la gestión 2019, según “R.M. 0039/2018” (fs.118 a 124).

II.2.  Mediante el Instructivo IT/VESFP/DGFM/EFB 0027/2019 de 23 de diciembre, la entonces Ministra de Educación estableció que: “Concluido los Servicios Profesionales de Directivos, Coordinadores y Docentes de las Escuelas Superiores de Formación de Maestras y Maestros (ESFM), Unidades Académicas (UA), Programa de Formación Complementaria  para Maestras y Maestros PROFOCOM-SEP, según memorándum de designación, se instruye a ustedes priorizar a través de las Direcciones Distritales de su Departamento, la reubicación, designación directa y sin compulsa del personal saliente de las instituciones mencionadas a sola presentación de su RDA actualizado y última boleta de pago” (sic. [fs. 72]).

II.3.  Cursan Memorándums ME/VESFP/PROFOCOM-SEP 00131/2020; 00145/2020, 00149/2020, 00160/2020, 0281/2020 y 0282/2020, todos de 2 de enero; 000263/2020 y 0317/2020 de 15 y 31 del mismo mes; para Virginia Condori Mamani, Oscar Canaviri Santos, Walter Herrera Quispe, María Estephani Paco Paredes, Edwin Mamani Machaca, Brigida Lluyto Tarqui, Maribel Mamani Condorena y Bárbara Mayta Viscarra, respectivamente, suscritos por la Directora General de Formación de Maestros “VESFP”, y la Coordinadora Nacional de PROFOCOM - SEP, respectivamente, del Ministerio de Educación; literales que de manera uniforme agradecieron los servicios prestados y aportes realizados, haciéndoles conocer que deberían prever su situación laboral reubicándose en el Subsistema de Educación Regular, Alternativa y Especial, instruyéndoles se presenten en la Dirección Departamental de Educación correspondiente en cumplimiento del Instructivo IT/VESFP/DGFM/EFB 0027/2019. (fs. 117 y 125 a 131).