SENTENCIA CONSTITUCIONAL
PLURINACIONAL 0174/2022-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0174/2022-S2

Fecha: 26-Abr-2022

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establecido lo siguiente:

II.1     Por Memorándum de Designación DEGO 12/2019 de 3 de enero, con vigencia al 31 de diciembre del mismo año, se designó en el cargo de Técnico IV con el Nivel XIV de la escala salarial a Dini Suarez Castedo                                    -hoy accionante- (fs. 7).

II.2.    Cursa Memorándum de Designación DEGO 10/2020 de 2 de enero, con una duración hasta el 31 de diciembre del mismo año, por el que se designó en el cargo de Técnico IV con el Nivel XIV de la escala salarial al impetrante de tutela (fs. 8).

II.3.    Mediante Certificado de Nacimiento 182617, se establece la inscripción de AA, con fecha de nacimiento 6 de enero de 2020, figurando como padre el demandante de tutela (fs. 4).

II.4.    Aviso de Altas y Bajas de beneficiarios de la Caja de Salud Corporación Regional de Desarrollo (CORDES), emitido el 15 de enero de 2020, en la cual consta el Alta de AA y su afiliación (fs. 5).

II.5.    Calificación de Beneficios para el Régimen de Asignaciones Familiares de 15 de enero de 2020, emitida por CORDES; por el que, determinó en atención a los certificados presentados el 10 de enero y concluidos el 15 del mismo mes y año que el inicio de pago en especie de asignaciones familiares son del 5 de febrero del año citado al 5 de enero de 2021, al asegurado hoy impetrante de tutela (fs. 6).

II.6.    A través de Memorándum DEGO 01/2021 de 7 de enero, de agradecimiento de servicios por las labores desempeñadas al accionante hasta el 6 de ese mes y año (fs. 9).

II.7.    Por nota de 12 de marzo de 2021, el peticionante de tutela solicitó la cancelación del subsidio de lactancia que se le adeudan por los meses de junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de la gestión 2020; y, enero de 2021, por un monto de Bs16 000.- (dieciséis mil bolivianos), requiriendo la cancelación en efectivo de las lactancias devengadas (fs. 10).

II.8.    Cursa Informe 30/2021 de 16 de marzo, de Wilma Suarez Ruiz, Analista IV de la Dirección Departamental de Bienestar Laboral del Gobierno Autónomo Departamental de Beni,  estableciendo la deuda de ocho subsidios familiares de los meses de junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de la gestión 2020, y de la gestión 2021, por el monto antes citado (fs. 22).