SENTENCIA CONSTITUCIONAL
PLURINACIONAL 0247/2022-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0247/2022-S3

Fecha: 12-Abr-2022

II. CONCLUSIONES

De la revisión y análisis de los antecedentes que cursan en el expediente, se establece lo siguiente:

II.1.  Consta acta de audiencia de hipoteca legal de 16 de agosto de 2019, realizada dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público, a denuncia de Miriam Esperanza Molina de Velásquez y “Christian Molina Camacho” contra Rocío Carmiña Butrón Velásquez -ahora accionante- por la comisión del delito de estelionato, en cuyo acto procesal el Tribunal de Sentencia Penal Quinto de la Capital del departamento de Cochabamba, emitió el Auto Interlocutorio de 16 de igual mes y año, ordenando la hipoteca legal del 100% de acciones y derechos que correspondiera a la impetrante de tutela respecto al bien inmueble registrado en DD.RR bajo la Matrícula Computarizada 3.01.1.02.0041493, con asiento 03, con una superficie de 2156.1 m2 (fs. 102 a 103 vta.).

II.2.  Mediante escrito de 19 de agosto de 2019, la peticionante de tutela interpuso recurso de apelación incidental contra el Auto Interlocutorio de 16 de agosto de 2019 (fs. 105 a 106).

II.3.  Cursa Auto de Vista de 29 de junio de 2020, emitido por Pablo Antezana Vargas y Silvia Clara Zurita Aguilar, Vocales de la Sala Penal Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba -ahora accionados- declarando improcedente la apelación incidental interpuesta; en consecuencia, confirmando el Auto Interlocutorio de 16 de agosto de 2019 (fs. 115 a 117 vta.). Auto de Vista notificada a la accionante el 10 de diciembre de 2020 (fs. 118).