SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0271/2022-S3
Fecha: 12-Abr-2022
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confieren la Constitución Política del Estado y los arts. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional y 44.1 del Código Procesal Constitucional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR en parte la Resolución 02/2021 de 14 de abril, cursante de fs. 204 a 209 vta., pronunciada por Juez Público Mixto Civil y Comercial, de Familia, de la Niñez y Adolescencia de Partido del Trabajo y Seguridad Social e Instrucción Penal Primero de Santiago de Huari, en suplencia legal del Juez Público Mixto Civil y Comercial, de Familia, de la Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primero de Corque, del departamento de Oruro; y en consecuencia:
1° CONCEDER en parte la tutela solicitada, en relación al derecho a la petición, disponiendo que las actuales autoridades originarias en ejercicio del cargo, brinden una respuesta a la referida denuncia, a través de una explicación razonable de forma clara y sencilla, que resulte de fácil compresión para el peticionante de tutela, acorde al contexto de la nación originaria del Suyu Jach'a Karangas; siempre y cuando las autoridades accionadas no lo hubieran hecho en efecto de la Resolución pronunciada por el Juez de garantías.
2° DENEGAR la solicitud de condena en costos y costas procesales a la parte accionada, dejando sin efecto lo dispuesto por el Juez de garantías.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Se hace constar que el Magistrado Dr. Petronilo Flores Condori es de Voto Aclaratorio.
Fdo. MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas
MAGISTRADA
Fdo. Dr. Petronilo Flores Condori
MAGISTRADO