SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0210/2022-S2
Fecha: 26-Abr-2022
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. A través del Auto Interlocutorio 241/2020 de 10 de diciembre, el Juez demandado, dispuso la detención preventiva de Braulio Chambi Choque -hoy accionante-, por treinta días en el Centro Penitenciario Qalauma de La Paz, fallo en el que señaló “…AUDIENCIA PARA RESOLVER LA SITUACIÓN JURÍDICA DE ESTA PERSONA PARA EL DÍA LUNES 11 DE ENERO DE 2021, A HORAS 09:00…” (sic [fs. 7 a 11 vta.]).
II.2. Cursa acta de audiencia pública de 11 de enero de 2021, emitida por el Juez de Instrucción Penal Cuarto de El Alto del departamento de La Paz, actuado procesal suspendido por la inasistencia del impetrante de tutela y los demás sujetos procesales, convocándose a una nueva para el 15 de enero de 2021 a horas 9:30 (fs. 12).
II.3. Por memorial presentado el 11 de igual mes y año, ante la referida autoridad, el peticionante de tutela solicitó se señale día y hora a objeto de resolver su situación jurídica; dicho Juez mediante decreto de 12 del citado mes y año, programó “…audiencia para resolver la solicitud de cesación a la detención preventiva impetrada por [Brau]lio Chambi Choque para el día VIERNES 15 DE ENERO DE 2021 A HRS. 09:30 A.M., (…) al efecto por la Oficina de Gestora de Procesos, cúmplase con las diligencias de notificación y póngase en conocimiento de las sujetos procesales el respectivo link que conectara a la plataforma virtual, sea en el día” (sic [fs. 20 a 22]).
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Con relación a la legitimación pasiva de los servidores de apoyo judicial, la jurisprudencia constitucional, contenida en la SC 0332/2010-R de 17 de junio, sostuvo que: ‘Con relación a la responsabilidad del personal subalterno de los Juzgados y Sala