SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0280/2022-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0280/2022-S2

Fecha: 11-May-2022

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.  Cursa Memorándum Cite: DPTO.RR.H 221/2020 de 1 de junio con motivo “Reasignación de funciones”, a través del cual la Gerente General del SSU La Paz, designó a “Dra. Patricia Cano Martínez” como Médico de Emergencias (fs. 10).

II.2.  Corre Nota de 20 de octubre de 2020, por la impetrante de tutela, solicitó a la Gerente General del SSU La Paz, que se respeten sus derechos y en consecuencia se la reincorpore a su fuente laboral ante el retiro del que fue objeto y en virtud al carácter indefinido de su contrato laboral (fs. 26).  

II.3.  Se tiene Conminatoria J.D.T.L.P./D.S. 0495/152/2020 de 11 de diciembre, a través de la cual la Jefa Departamental de Trabajo de La Paz conminó a la inmediata reincorporación de la solicitante de tutela a su fuente laboral en el SSU La Paz, más el pago de salarios devengados y demás derechos sociales; decisión arribada como consecuencia de la relación laboral generada desde su inicio y confirmada con la reasignación de funciones realizada el 1 de junio de 2020 (fs. 40 a 45); determinación que fue objeto de recurso de revocatoria por la precitada entidad, mereciendo la RA 036-21 de 5 de febrero de 2021, por la cual la mencionada Jefa Departamental ratificó in extenso la citada Conminatoria (fs. 64 a 73); decisión que también fue observada por recurso jerárquico de 1 de marzo de igual año (fs. 105 a 106).